Ser migrante, vivir y trabajar en Chile /
Solicitud de visa acogida a trámite
Conocer másCuando tu solicitud sea aceptada (se dice que fue "acogida a trámite"), te llegará una carta por correo. También puedes averiguarlo en línea en el sitio web del Departamento de Extranjería y Migración (DEM).
Según el tipo de visa solicitada, y siempre y cuando se encuentre vigente, podrás:
- Visa de Estudiante: salir e ingresar al país.
- Visa Sujeta a Contrato: trabajar si eres el titular, pero solo con el empleador que dio inicio a la solicitud de visa. También podrás salir e ingresar a Chile.
- Visa Temporaria: trabajar si eres el titular y mayor de edad. También puedes salir e ingresar al país.
¿Cómo puedo acreditar mi condición de visa acogida a trámite?
‹Si se trata de una solicitud de visa enviada por carta certificada (región Metropolitana y Antofagasta): con la “resolución que acoge la solicitud a trámite” (conocida también como solicitud de visa en trámite). Este documento es emitido por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) y puedes descargarlo al consultar por tu trámite en el sitio web del DEM.
Si la solicitud fue hecha presencialmente (oficina en Gobernación Provincial): con el comprobante que se te entregó el día en que realizaste la solicitud.
¿Cómo obtengo el permiso de trabajo con visa en trámite?
‹Si ya pagaste el orden de giro, podrás descargar el permiso en el sitio web de trámites del DEM.
Revisa más información.¿Puedo solicitar una ampliación de visa en trámite?
‹Sí, siempre y cuando cumplas con los requisitos. Puedes hacer la solicitud directamente en el sitio web de trámites del DEM. Una vez realizada, y siempre que se encuentre disponible, recibirás en tu correo electrónico la ampliación por 180 días desde la fecha de vencimiento del documento actual.
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Notificación del estado de la solicitud: aprobada o rechazada
Conocer másLuego del análisis de tu solicitud, serás notificado por correo postal y por mensaje de texto en tu celular (SMS) si ésta fue aprobada, rechazada y/o si requiere presentar antecedentes adicionales (en cuyo caso, deberás volver a reunir los documentos necesarios y presentar nuevamente tu solicitud). También puedes averiguar el estado de tu trámite en línea.
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Pagar el arancel
Conocer másSi tu solicitud de visa fue aprobada, recibirás por correo postal tu orden de pago. También la puedes descargar desde el sitio web del DEM. Deberás pagar los derechos de tu visa en el más banco cercano o en ServiEstado.
Conoce más información sobre el valor de aranceles.¿Tienes dudas? Contáctanos
Estampado de visa
Conocer másSi fue aprobada tu visa y pagaste tu orden de giro, deberás solicitar el estampado de tu visa.
Debido a la actual emergencia sanitaria, el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) habilitó el trámite digital de Estampado Provisorio Electrónico (EPE), el que permite obtener un "certificado electrónico de visado de residente" que tiene un código de verificación QR.
Revisa los pasos a seguir para solicitar el Estampado Provisorio Electrónico.Importante: este estampado no reemplaza el señalado en la norma de extranjería. Es una solución transitoria a la actual situación sanitaria por la presencia del Coronavirus (COVID-19) en Chile (con características de fuerza mayor). Su objetivo es dar continuidad y certeza a la situación migratoria de los y las solicitantes de visas.
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Registro de visa
Conocer másCuando ya tienes estampada tu visa, debes registrarla en la Policía de Investigaciones de Chile (PDI).
Debido a la actual emergencia sanitaria, una vez generado el “certificado electrónico de visado de residente”, no tendrás que ir hasta las oficinas de la PDI para registrar tu primera visa, ya que este proceso se realizará en forma automática. Recibirás un correo electrónico de la PDI con la confirmación del registro de este documento. En el caso de las prórrogas de visa, será informado por el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) una vez que se haya procesado internamente el registro de dicho permiso.
Si no has recibido tu Certificado de Registro de Visa, puedes actualizar tu correo electrónico en el sitio web de la PDI.
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Solicita y obtén tu cédula de identidad de residente extranjero
Conocer másDespués de registrar tu visa en la PDI, debes acercarte al Registro Civil en los 30 días siguientes al estampado de tu visa, e indicar que vienes a solicitar tu cédula de identidad (carné).
Revisa cómo realizar el trámite.¿Tienes dudas? Contáctanos