Autorización para la internación temporal de armas

Última actualización:

Permite solicitar a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), la autorización para internar armas a Chile, por un período determinado. Este beneficio se entrega a cazadores, cazadoras, federaciones y clubes de tiro extranjeros, que deseen ingresar armas a Chile, para cazar o participar en algún campeonato.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la autoridad fiscalizadora de la DGMN.
  • Cazadores y cazadoras.
  • Federaciones y clubes de tiro.
  • Empresas para exhibición.
  • Embajadas.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREL).

Importante: toda persona natural o jurídica que cumpla los requisitos debe contar con un representante legal, quien realizará la tramitación de la documentación y se hará responsable del cumplimiento de la normativa legal y del armamento mientras se encuentre en Chile.

Para fines de caza:

  • Representante legal:
    • Nombre completo.
    • Actividad
    • RUN.
    • Domicilio.
    • Teléfono.
    • Documento notarial que especifique que se hace responsable de las armas durante su permanencia en el país.
  • Propietario o propietaria del o las armas: 
    • Nombre completo.
    • Nacionalidad y número de pasaporte o RUN.
    • Cantidad de armas permitidas por la ley.
    • Descripción del o las armas (tipo, marca, modelo, calibre, número de serie, cantidad de cañones y funcionamiento).
    • Cantidad de munición (del mismo calibre del o las armas).
    • Permanencia estimada en el país (fecha de entrada y salida).
    • Lugar en que fijará su residencia y del o las armas.
    • Aduana de entrada y salida del país.

Para federaciones y clubes de tiro:

  • Individualización de la federación o club organizador.
  • Nombre del campeonato, además de la fecha de inicio y término.
  • Aduana de entrada y salida del armamento y munición.
  • Individualización de los y las deportistas invitados: nombre completo, número de pasaporte y nacionalidad.
  • Descripción de las armas (tipo, marca, modelo, calibre, número de serie y funcionamiento).
  • Cantidad de munición.
  • Domicilio en que permanecerán las armas cuando no sean empleadas.

Para fines de seguridad:

  • Motivo de la solicitud.
  • Nombre completo y número de pasaporte de la persona que ingresa al país.
  • Cantidad de munición.
  • Permanencia estimada en el país y lugar que fija como residencia.
  • Aduana de entrada y salida del país.
  • Descripción de las armas (tipo, marca, modelo, calibre y número de serie).
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para la internación temporal de armas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago correspondiente.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización, cuya respuesta la autoridad fiscalizadora comunicará por correo electrónico o teléfono en un plazo máximo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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