Compensación por diferencia de expectativa de vida para las mujeres

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Este beneficio se otorga como una pensión vitalicia en Unidades de Fomento (UF) a mujeres pensionadas, con el objetivo de complementar su pensión. Busca igualar lo que hubieran recibido si, al momento de pensionarse, hubieran sido hombres con la misma edad, grupo familiar y saldo de ahorro individual.

Cuando una persona se jubila, los ahorros se dividen en los años que en promedio viven, y como la expectativa de vida para las mujeres es más alta que los hombres, sus pensiones suelen ser más bajas.

Este beneficio garantiza que una mujer reciba la misma pensión que un hombre si ambos se jubilan a los 65 años con el mismo ahorro

Mujeres a partir de los 65 años con cotizaciones que reciban pensión de vejez o invalidez derivada de cotizaciones individuales obligatorias.

Importante: las mujeres deben haberse incorporado al Seguro Social y contar con al menos una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional antes de cumplir 50 años. 

  • La compensación mínima es de 0,25 Unidades de Fomento (UF).
  • El cálculo de la compensación considera como tope 18 UF.
  • Si te jubilas a los 65 años recibirás el 100% del beneficio. Si lo haces antes, el monto que recibirás a partir de los 65 años será menor: 
    64 años: 75% 
    63 años: 50% 
    62 años: 25% 
    61 años: 15% 
    60 años: 5% 

La compensación para mujeres iniciará en enero de 2026.

El beneficio se extingue si:

  • Falleces.
  • Permaneces fuera del país por más de 180 días. La beneficiaria podrá solicitar que se reanude la prestación al Instituto de Previsión Social (IPS), acreditando la residencia en Chile por un lapso no inferior a 180 días anteriores a la fecha de dicha solicitud.

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