Incentivo tributario a la Investigación y Desarrollo (I+D)

Última actualización:

La Ley de incentivo tributario a la Investigación y Desarrollo (I+D) permite a las empresas acceder a un beneficio dirigido a los contribuyentes de primera categoría, según la ley sobre impuesto a la renta, que declaren su renta efectiva mediante contabilidad completa.

Éstos tendrán derecho a rebajar, vía impuestos, un 35% de los desembolsos destinados a actividades de I+D certificadas por Corfo, respecto a los gastos realizados directamente (con sus propias capacidades) y/o contratadas a un tercero, el cual puede o no estar inscrito en los registros centros I+D Corfo.

Obtenga más información

El programa tiene una vigencia hasta 2025.

Contribuyentes de la primera categoría, según la ley de impuesto a la renta que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Realizar o tener la intención de llevar a cabo un proyecto o contrato de I+D por un monto superior a 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Cada contribuyente que quiera acceder al beneficio deberá aportar el mínimo de 100 UTM.
  • Pagar el arancel, según lo establece el reglamento de certificación de proyectos y contratos de I+D al solicitar la certificación de sus actividades.
  • Contar con un proyecto que demuestre lo siguiente:
    • Su objetivo será desarollar actividades de I+D.
    • Los interesados e interesadas cuentan con las capacidades para su ejecución.
    • La estructura presupuestaria es consistente con las actividades que se llevaran a cabo. 
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, lea la información disponible, haga clic en "¡postula!" y luego en "manifiesto la intención de hacer uso de la Ley I+D" o "solicito la certificación de mi proyecto I+D".
  4. Siga las instrucciones de la plataforma.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el incentivo tributario a la Investigación y Desarrollo (I+D).
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
820