Solicitar retención judicial del aporte a la clase media

Última actualización:

Permite solicitar al tribunal que ordene retener hasta el 50% del aporte a la clase media (leyes N° 21.242 y N° 21.252) para destinarlos al pago de deudas por pensión de alimentos. El tribunal, además, realizará la liquidación cuando corresponda.

Esta presentación no requiere del patrocinio de un abogado o abogada. Quien lo realice, debe contar con su ClaveÚnica.

El trámite está disponible en el sitio web Trámite Fácil del Poder Judicial.

 

A toda aquella persona a quien se le deban montos por pensiones alimenticias.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "pide la retención aquí".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione “solicitud de retención del aporte a la clase media (leyes 21.242 y 21.252) y liquidación”.
  3. Haga clic en "Clave Única".
  4. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no la tiene, solicítela.
  5. Seleccione la causa, "materia alimentos", en la que desea ingresar el trámite.
  6. Complete la información solicitada en el formulario, y haga clic en "siguiente".
  7. Visualizará todos los datos de su presentación, pudiendo modificar la información seleccionando “atrás”; si está correcta, haga clic en “enviar Poder Judicial”.
  8. Como resultado del trámite, habrá enviado la presentación. Aparecerá un mensaje indicando que el ingreso del trámite fue realizado correctamente. El sistema le entregará una copia del formulario, el certificado de envío y un código de verificación del mismo. También se le dará la posibilidad de ingresar una dirección de correo electrónico para el envío de los documentos mencionados anteriormente. Tras ingresar un correo electrónico válido, un mensaje informará el envío exitoso de los documentos a su correo. Mientras no haga clic en “aceptar”, puede escribir un correo diferente y realizar otro envío de los documentos.

Importante:

  • Si tiene dudas o desconoce la causa en que necesita presentar el trámite, debe consultar en la opción “Mis Causas”, pestaña “Familia” de la misma Oficina Judicial Virtual.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
81303