Permite acceder, en forma gratuita, a las residencias sanitarias habilitadas por el Ministerio de Salud (MINSAL) a las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Sean mayores de 18 años.
- Tengan confirmado su diagnóstico de Coronavirus (COVID-19).
- No requieren hospitalización.
- Presenten sintomatología respiratoria compensada, al igual que las patologías crónicas.
- No tengan dependencia funcional y/o cognitiva.
- No cuenten con las condiciones para realizar la cuarentena o aislamiento temporal en sus hogares por diversos factores sociales:
- Hacinamiento.
- Para evitar el contagio con un o una integrante de la familia en riesgo (adulto mayor, persona inmunodeprimida, crónicos cardio vasculares y respiratorios, personas con cáncer, dependientes severos, entre otros).
- No pueden recibir cuidados y asistencia en su domicilio.
También serán derivadas a las residencias sanitarias las personas que no cumplan con la instrucción de aislamiento.
Las personas pueden ser derivadas desde un centro de salud o solicitar directamente su ingreso a una residencia sanitaria, donde permanecerán aisladas por 14 días desde su diagnóstico. Este período podría extenderse si no se ha recuperado totalmente de la enfermedad.
Ingreso a una residencia sanitaria
Características de las residencias sanitarias
Criterios de egreso
Sanciones
El o la paciente que necesita ingresar a una residencia sanitaria y cumple los requisitos puede:
- Ser derivado desde el centro de salud donde se atiende. Su caso será informado al Servicio de Salud respectivo, quien definirá la residencia sanitaria a la que será trasladado. La persona será contactada por un o una profesional del centro de salud, quien le entregará las indicaciones a seguir.
- Solicitar directamente su ingreso a una residencia sanitaria, a través del teléfono o correo electrónico la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud.
Una vez que la persona ingrese a la residencia sanitaria, se evaluará su estado general, y se controlarán sus signos vitales, los que serán incorporados a su registro clínico. Además, se registrarán sus datos personales y de sus contactos directos (familiares o personas significativas), y se le explicarán sus derechos y deberes.
Importante: diariamente se evaluará el estado de salud del o de la paciente, lo que se consignará en su ficha clínica.
Las residencias sanitarias están habilitadas en todas las regiones del país, y cuentan con habitaciones y baños individuales, además de servicio de alimentación y cuidados básicos, junto con el monitoreo de las condiciones de salud de sus residentes.
Los y las pacientes no pueden recibir visitas, y deben permanecer en la habitación durante las 24 horas del día y todo el período que dure el aislamiento para que sea efectivo. Asimismo, está prohibido el uso de los espacios comunes de la residencia sanitaria.
Existen tres razones para que una persona egrese o se retire de una residencia sanitaria:
- Por cumplimiento del período del aislamiento indicado: el o la profesional de la residencia sanitaria evaluará al o a la paciente, y determinará su egreso si cumple con las condiciones clínicas adecuadas. Además, archivará como respaldo las acciones realizadas durante su estadía.
- Por traslado a un centro asistencial: si las condiciones clínicas del o de la paciente ameritan su traslado a un centro asistencial, se realizará el registro clínico, y se enviará a la entidad de salud una hoja de derivación que contiene sus datos personales, la condición que genera el traslado y un resumen del seguimiento de esa condición en la residencia.
- Por fallecimiento: debe coordinarse la atención médica con el centro designado por el Servicio de Salud para la emisión del certificado de defunción.
Importante: sólo el personal sanitario, posterior a una reevaluación de la persona, puede autorizar la salida o alta de aislamiento, basados en criterios sanitarios.
Las personas que no cumplan con el aislamiento y que no cuente con el salvoconducto u otra autorización válida emitida por el centro de salud donde se atiende, quedará a disposición de la fuerza de orden bajo el código sanitario de “incumplimiento”, pudiendo recibir sanciones penales y una multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).