Permite a los asegurados, las aseguradas y sus cargas familiares solicitar al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) la condonación total o parcial de una deuda de atención hospitalaria en la red pública de salud.
En los siguientes casos no se otorgará la condonación:
- La cuenta médica corresponde a un centro privado de salud.
- Los interesados y las interesadas tienen una previsión de salud distinta a Fonasa: Institución de Salud Previsional (ISAPRE), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) o Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).
¿A quién va dirigido?
Conocer másAsegurados y aseguradas al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y sus cargas familiares que hayan recibido atención hospitalaria en la red pública de salud y estén inscritos en los tramos B, C o D.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente del asegurado o de la asegurada.
- Cuenta y/o factura, emitida y timbrada por el centro de salud donde se realizó la atención. Si se trata de una cuenta AUGE-GES, no es necesario presentar el documento.
- Certificado médico firmado por el profesional. Si se trata de una cuenta AUGE-GES, no es necesario presentar el documento.
- Poder simple que contenga la autorización y firma del asegurado o de la asegurada de Fonasa, en caso de que un tercero realice el trámite en su representación.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una sucursal del Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
- Explique el motivo de su visita: solicitar la condonación parcial o total de una cuenta de atención hospitalaria.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la condonación, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 15 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.