Permiso de trabajo como turista

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Autoriza a una persona con permiso de turismo para realizar actividades remuneradas en Chile, sean éstas pagadas en el país de origen o en nuestro país. El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, podrá autorizarlos para que, en casos calificados, trabajen en el país por un plazo máximo de 30 días, prorrogables mientras se mantenga vigente el permiso de turismo.

Obtenga más información.

El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web del Departamento de Extranjería y Migración (DEM).

A personas extranjeras que tengan la condición de turista vigente y que cumplan con los requisitos que correspondan.

  • Pasaporte.
  • Tarjeta de turismo vigente y legible.
  • Contrato de trabajo (firmado por ambas partes o carta de la empresa en la que se desempeñará, ambas firmadas ante notario) indicando la individualización de las partes y labor a desarrollar.
  • En caso de prórroga, debe adjuntar el permiso original y legible.

La duración es de 30 días hábiles. Este permiso puede ser prorrogable.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "solicitar permiso".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, en la opción "permiso de trabajo como turista" seleccione "iniciar trámite".
  4. Acepte que certifica que leyó y entendió las condiciones del formulario que completará, y haga clic en "siguiente".
  5. En "seleccionar", elija la opción "paso uno: solicitar permiso de trabajo como turista".
  6. Complete los datos requeridos (deben ser idénticos a los de su pasaporte, cualquier error en la información entregada generará un rechazo de su solicitud), adjunte los documentos, y haga clic en "siguiente".
  7. Como resultado del trámite, habrá enviado la solicitud de permiso de trabajo como turista. Recibirá un comprobante de requerimiento en su correo electrónico.

Importante:

  • No envíe una nueva solicitud si ya tiene una en curso, en caso de hacerlo su trámite sufrirá retrasos.
  • Luego de ser analizada la documentación enviada, y de cumplir con los requisitos, se enviará una orden de pago a su correo electrónico.
  • Tendrá que imprimir la orden de pago enviada a su correo, pagar los derechos en cualquier banco comercial o ServiEstado, adjuntar el comprobante de pago a través del mismo sitio web (seleccionando la opción "paso dos: envío de orden de pago"),  y seguir las instrucciones para obtener el permiso de trabajo como turista.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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