Permite solicitar orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para realizar la partición de una herencia, que es el conjunto de bienes (muebles e inmuebles) que quedan al fallecer una persona.
¿A quién va dirigido?
Conocer másA toda persona que formando parte de una comunidad de bienes que quedaron al fallecer una persona (herencia), desee que su cuota en la herencia se concrete en algún bien determinado.
Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada, y la tramitación del juicio de designación de juez árbitro, pueden acceder aquellas personas que cumplan con los criterios socioeconómicos o pertenezcan a grupos definidos como vulnerables. Obtenga más información.
Detalles
Conocer másLa partición de la herencia es un procedimiento que tiene por objetivo poner fin a la comunidad que recae sobre la herencia que quedó al fallecer una persona, reemplazando la cuota que cada heredero o heredera tiene en la misma, por bienes determinados que se entregan a cada uno de ellos.
El derecho a pedir la partición de herencia es irrenunciable, y puede solicitarla cualquiera de los herederos o herederas.
La partición puede efectuarse de común acuerdo por las partes (herederos y herederas) o a través de un juez partidor (juez árbitro).
Este juez partidor se designa a través de un procedimiento judicial que se tramita ante el Juzgado de Letras en lo civil correspondiente al último domicilio que tuvo la persona fallecida; dicho procedimiento de designación de juez árbitro puede ser patrocinado por la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ). También se puede nombrar este juez árbitro de común acuerdo por los herederos dentro del mismo procedimiento.
Requisitos:
- Que exista una comunidad hereditaria.
- Que todos los bienes de la persona causante se encuentren inscritos a nombre de la comunidad hereditaria (que se haya realizado la posesión efectiva que corresponda).
- Que se reúna la documentación necesaria para realizar la partición (que se indica en el campo "¿Qué necesito para hacer el trámite?").
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDocumentos mínimos requeridos:
- Certificado de nacimiento del presunto heredero o heredera.
- Certificado de defunción de la persona causante.
- Certificado de nacimiento de los herederos y herederas.
- Nombre completo, domicilio y profesión u oficio de todos los herederos y herederas.
- Certificado de dominio vigente de propiedades (a nombre de la sucesión).
- Certificado de vehículo motorizados (a nombre de la sucesión).
- Otros documentos que acrediten dominio sobre bienes de la sucesión.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del juicio de designación de juez árbitro. En lo referente al juicio de partición propiamente tal, la Corporación solo realiza labores de orientación e información.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su región:
- CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá y Antofagasta).
- CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
- CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de O'Higgins, Maule, Magallanes y Metropolitana). En este caso, puede solicitar asesoría e información a través del sitio web o solicitar una hora de atención solo para esta CAJ.
- CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones de Biobío, Araucanía, de los Lagos, Aysén, Ñuble y de los Ríos).
- Explique el motivo de su visita: Solicitar asesoría con el fin de realizar la partición de una herencia.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la asesoría. Si cumple con los requisitos de calificación, se le asignará un abogado o abogada especialista en materia civil.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másPara orientación e información, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega el servicio de forma gratuita a todas las personas naturales.
Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y tramitación de juicio de designación de juez árbitro, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si puede ser representado o representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ. Obtenga más información.
Marco Legal
Conocer más- Artículos 1317 y siguientes del Código Civil.
- Artículo 227 Nº 2 del Código Orgánico de Tribunales.
- Artículos 414 y 646 del Código de Procedimiento Civil.