Permite solicitar orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para obtener la adopción de un niño, niña o adolescente.
La adopción es el acto de recibir legalmente como propio a un hijo o hija que biológicamente no lo es, para brindarle el afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales.
¿A quién va dirigido?
Conocer másA todas aquellas personas que deseen adoptar a un niño, niña o adolescente y que cumplan con los requisitos que la legislación chilena establece.
Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada de la Corporación de Asistencia Judicial, y la tramitación del juicio correspondiente, pueden acceder aquellas personas chilenas o extranjeras residentes en Chile que cumplan con los criterios socioeconómicos o pertenezcan a grupos definidos como vulnerables. Obtenga más información.
Detalles
Conocer más¿Qué personas pueden adoptar en Chile?
- Los matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile.
- A falta de ellos, los cónyuges chilenos o extranjeros no residentes en Chile.
- A falta de matrimonios residentes en Chile o en el extranjero, pueden postular las personas solteras, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras, con residencia permanente en el país. Si hay varias personas interesadas solteras o viudas que reúnan similares condiciones, el tribunal va a preferir a quien sea pariente consanguíneo del niño, niña o adolescente, y en su defecto, a quien tenga su cuidado personal.
Procedimiento
Quienes estén interesados en adoptar deben acercarse al Servicio Nacional de Menores (SENAME) o a alguno de los organismos acreditados ante dicha institución, para formar parte de la nómina de personas interesadas en la adopción, la que distingue entre aquellos que residen en el país y los que no.
Este programa de adopción debe procurar al niño una familia responsable. Debe brindar apoyo y orientación a su familia de origen, recibir al niño y cuidarlo. También hará la evaluación técnica de los solicitantes y la preparación de éstos como familia adoptiva.
El trámite de adopción se realiza ante el juzgado de familia del domicilio del niño, niña o adolescente a solicitud de las personas interesadas que cumplan los requisitos legales. Luego comienza un proceso en el que el juez o jueza escucha a los interesados en adoptar, al adoptado y al SENAME (si procede).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad de las personas solicitantes.
- Certificado de nacimiento del niño, niña o adolescente.
- Copia íntegra de la inscripción del niño, niña o adolescente.
- Copia autorizada de la resolución judicial que declara al niño, niña o adolescente como susceptible de ser adoptado o adoptada.
- Informe de evaluación de idoneidad física, mental, psicológica y moral del o los solicitantes, emitido por el Servicio Nacional de Menores (SENAME) o alguna organización acreditada ante él, como: Fundación San José para la Adopción, Fundación Chilena de la Adopción, Fundación Mi Casa y la Institución Colonia y Campamentos (más conocida como Quinta de Tilcoco).
- Certificado de residencia del niño, niña o adolescente y de los solicitantes.
- Certificado de matrimonio solicitantes.
- Certificado de nacimiento y antecedentes de las personas solicitantes.
- ClaveÚnica entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación. (La ClaveÚnica es necesaria para hacer el seguimiento del estado de la causa en el sistema en línea del Poder Judicial).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del juicio.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su región:
- CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá y Antofagasta).
- CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
- CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de O'Higgins, Maule, Magallanes y Metropolitana). En este caso, puede solicitar asesoría e información a través del sitio web o solicitar una hora de atención solo para esta CAJ.
- CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones de Biobío, Araucanía, de los Lagos, Aysén, Ñuble y de los Ríos).
- Explique el motivo de su visita: Solicitar asesoría con el fin de obtener la adopción de un niño, niña o adolescente.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la asesoría. Si cumple con los requisitos de calificación, se le asignará un abogado o abogada especialista en materia de familia.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másPara orientación e información, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega el servicio de forma gratuita a todas las personas naturales.
Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y tramitación de juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si puede ser representado o representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ. Obtenga más información.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 19.620.
- Ley Nº 19.968.
- Decreto Ley (DL) Nº 944 de 1999 del Ministerio de Justicia.
- Convenio de La Haya sobre Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción Internacional.