Este trámite deben realizarlo las personas extranjeras que se encuentran en las siguientes situaciones:
- Haber ejercido actividades remuneradas sin estar autorizado para ello.
- Haber prolongado su estadía en el país después de haber vencido su permiso de turismo o de residencia.
- No haber registrado su visa o permanencia definitiva en Policía de Investigaciones.
- No haber obtenido cédula de identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Revise información sobre sanciones.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas extranjeras que no cumplen con lo establecido en los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Extranjería:
- Personas extranjeras que fueron sorprendidas desarrollando actividades remuneradas sin estar autorizadas para ello.
- Personas extranjeras que continúan residiendo en el país después de haberse vencido sus plazos de residencia legal.
- Personas extranjeras que durante su permanencia en el país no cumplieron con las obligaciones de registrarse, de obtener su cédula de identidad, de comunicar a la autoridad, cuando correspondía, el cambio de domicilio o actividades.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Documento de identidad o pasaporte.
- Es posible que se pida otro antecedente, que será informado por el sistema cuando realice el trámite.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl cálculo de multa tiene 30 días de vigencia.
La resolución exenta sanción no tiene plazo en sí pero otorga un plazo de 10 días para regularizar la situación migratoria o salir del país.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, en la opción "cálculo de multa extranjero", haga clic en "iniciar trámite"
- Lea la información, y haga clic en "siguiente"
- Seleccione el tipo de documento (pasaporte, cédula de identidad chilena o Documento Nacional de Identidad, DNI), el país donde se obtuvo e ingrese el número documento, y haga clic en "siguiente".
- Complete la información solicitada, haga clic en "guardar", y posteriormente en "siguiente".
- Seleccione su condición migratoria, complete la información, adjunte los documentos requeridos (si corresponde), y haga clic en "siguiente".
- El sistema mostrará el montó del cálculo de multa y la resolución exenta emitida. Este documento es oficial y no se puede anular.
- Seleccione el medio de pago (Tesorería General de la República, pago en línea), haga clic en "siguiente", y siga las instrucciones.
- Si el pago se realizó de forma correcta, se desplegará el comprobante de pago. Haga clic en "finalizar".
- Como resultado del trámite, habrá pagado la multa. Podrá enviar una copia del comprobante de pago a su correo electrónico. Desde ese momento, tendrá 10 días para regularizar su situación migratoria: realizar el trámite correspondiente (solicitar Visa o Permanencia Definitiva) o abandonar el país.
Importante: el cálculo de multa referente al Convenio Arica-Tacna no se considera en este proceso.
Solo para residentes en regiones distintas a la Metropolitana, Antofagasta, Atacama, La Araucanía y Los Lagos:
- Reúna los antecedentes requeridos y agende una cita en el sistema de reserva de hora.
- En la fecha y hora agendada, diríjase a la gobernación que corresponda.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el cálculo de multas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá enviado la solicitud de cálculo de multa. Recibirá un comprobante de envío de su solicitud.
Importante:
- El Departamentode Extranjería y Migración (DEM) evaluará los antecedentes aportados en cada caso, pudiendo acoger o rechazar la solicitud según corresponda, circunstancia que será informada al correo electrónico señalado por la persona solicitante en el formulario. En caso de ser acogida se enviará un cálculo de multa.
- Tendrá que imprimir el cálculo de multa e ir a una entidad bancaria para obtener un vale vista.
- Posteriormente, la persona deberá tomar cita a través del sistema de reserva de hora para hacer entrega del vale vista.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másDependerá del tiempo de la infracción, ser o no reincidente y haber cometido una o más infracciones. Revise la información sobre sanciones.
Marco Legal
Conocer más- Decreto Ley (DL) Nº 1094 de 1975.
- Decreto Supremo (DS) Nº 597 de 1984.