Permite a las personas solicitar la autorización de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) para llevar a cabo una quema controlada, y de esta forma, eliminar los desechos vegetales que quedan después de realizar faenas agrícolas y forestales, para despejar y aprovechar el terreno.
Obtenga más información, y lea las preguntas frecuentes.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Propietarios de predios rurales inscritos en el registro de quemas controladas, de CONAF.
- Personas autorizadas por el propietario.
Detalles
Conocer másLa quema debe estar relacionada con alguna de las siguientes situaciones:
- Quema de rastrojos.
- Quema de ramas y materiales leñosos en terrenos aptos para cultivos.
- Requema para siembras inmediatas.
- Quema de zarzamoras u otra vegetación cuando se trate de construir y limpiar vías de comunicación, canales o cercos divisorios.
- Quemas de especies vegetales consideradas perjudiciales.
- Quemas en terrenos de aptitud preferentemente forestal y con el fin de habilitarlos para cultivos silvopecuarios o con fines de manejo silvícola, siempre que no se infrinja el artículo 5 del decreto ley (DL) Nº 701 de la ley de bosques y demás disposiciones sobre protección pertinentes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad del solicitante.
Importante: la persona que dé el aviso de quema deberá conocer el rol y nombre del predio.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Escriba su usuario y contraseña, y haga clic en "iniciar sesión". Si no tiene una cuenta, debe solicitarla en cualquiera de las oficinas de CONAF.
- Siga las instrucciones, y adjunte los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, obtendrá un comprobante de aviso de quema controlada en un máximo de 15 días hábiles, que le indicará la hora y el día permitido para realizar la quema controlada.
Importante:
- Para dar aviso sobre una quema mal ejecutada o que no cuenta con autorización, llame al:
- 130 CONAF (sólo las regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana).
- 132 Bomberos.
- 133 Carabineros.
- Las denuncias las debe efectuar ante el Ministerio Público, Policía de Investigaciones (PDI), Carabineros de Chile o un tribunal competente.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina receptora de aviso de quema de la zona norte o la zona sur.
- Explique el motivo de su visita: dar un aviso de quema controlada.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, obtendrá un comprobante de aviso de quema controlada en un máximo de 15 días hábiles, que le indicará la hora y el día permitido para realizar la quema controlada.
Importante:
- Para dar aviso sobre una quema mal ejecutada o que no cuenta con autorización, llame al:
- 130 CONAF (sólo las regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana).
- 132 Bomberos.
- 133 Carabineros.
- Las denuncias las debe efectuar ante el Ministerio Público, Policía de Investigaciones (PDI), Carabineros de Chile o un tribunal competente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto supremo (DS) Nº 276, del 4 de noviembre 1980, del Ministerio de Agricultura.
- Decreto ley (DL) Nº 701, de la ley de bosques.