Inscripción de semilleros y ensayos de organismos genéticamente modificados (OGM)

Última actualización:

Permite a los productores solicitar la inscripción de semilleros y ensayos de organismos genéticamente modificados (OGM).

Esta declaración debe realizarse ante el SAG cada temporada con el fin de que el servicio realice labores de inspección y fiscalización del cumplimiento de las condiciones de bioseguridad establecidas caso a caso para la multiplicación del material.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y, posteriormente, en las oficinas regionales del SAG.

Productores de semillas que cuenten con resolución vigente para la siembra de material de propagación OGM, cuyo objetivo sea la realización de semilleros de exportación o la realización de ensayos de evaluación.

Trámite en oficina:

  • Solicitud impresa de la inscripción realizada vía online.
  • Croquis de ubicación del predio y potrero(s).
  • Carta de compromiso del multiplicador, dejando constancia de que se encuentra en pleno conocimiento de los manejos y medidas a aplicar en un cultivo OGM, y como consecuencia, éste deberá cumplir todas las disposiciones y medidas de bioseguridad establecidas en la resolución de medidas de bioseguridad. El documento deberá considerar como información mínima:
    • Aislamiento del cultivo a especies sexualmente compatibles, o 
    • Manejos y restricciones del suelo ante destrucción del semillero o ensayo y duración de las mismas, o 
    • Manejos y restricciones del suelo en proceso de cosecha y post cosecha del potrero y duración de las mismas.

La declaración del semillero o ensayo es específica para la siembra declarada en el lugar y temporada informada.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Ingrese su RUT y clave, y haga clic en "ingresar".
  3. Complete el formulario “declaración de semilleros OGM”. 
  4. Descargue e imprima la solicitud.
  5. En la oficina del SAG de jurisdicción del semillero o ensayo OGM presente, en un plazo no superior a 30 días contados desde el inicio de la siembra (para el caso de producción de semilla híbrida se indicará como fecha el inicio de la siembra de la primera hembra), presente: 
    • Solicitud impresa.
    • Croquis de ubicación del predio y potrero(s).
    • Carta de compromiso del multiplicador, dejando constancia de que se encuentra en pleno conocimiento de los manejos y medidas a aplicar en un cultivo OGM, y como consecuencia, éste deberá cumplir todas las disposiciones y medidas de bioseguridad establecidas en la resolución de medidas de bioseguridad. El documento deberá considerar como información mínima:
      • Aislamiento del cultivo a especies sexualmente compatibles, o 
      • Manejos y restricciones del suelo ante destrucción del semillero o ensayo y duración de las mismas, o 
      • Manejos y restricciones del suelo en proceso de cosecha y post cosecha del potrero y duración de las mismas.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

Una hora estándar por la inspección de campo de semilleros y ensayos OGM equivale a 0,5 UTM, según la Resolución Nº 6.183 de 2018.

Actvidad En horas
Total de inspecciones de semilleros y ensayos OGM, por potrero. 1,40
Inspección adicional, por potrero. 0,70

Se entenderá por:

  • Potrero: una superficie delimitada por un camino, sendero, cerca, acequia, canal u otra infraestructura o accidente de similar efecto, en que se establece, en forma íntegra o parcial un semillero o un ensayo OGM.
  • Ensayo OGM: siembra de uno o un conjunto de eventos o constructos.

Consideraciones: 

  • De existir un desfase superior a 30 días corridos con la primera siembra, se deberá realizar una segunda declaración de semillero o ensayo por el material con desfase, a lo que se aplicará el cobro correspondiente a un nuevo semillero o ensayo OGM. En el caso de transplantes, el plazo se acortará a 15 días corridos.
  • En el caso de las inspecciones, el SAG emitirá la notificación de cobro al término de la inspección de post cosecha.

El pago se realiza al final del proceso de inspección.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
72549