Habilitación de establecimientos de productos pecuarios de consumo humano inscritos en el LEEPP

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Permite autorizar a un establecimiento pecuario de exportación, inscrito en la lista nacional de establecimientos exportadores de productos pecuarios (LEEP), a exportar sus productos o subproductos a determinados países, después de verificar que cumple las exigencias sanitarias establecidas por el mercado de destino, de acuerdo a manuales técnicos, instructivos y pautas de evaluación específicas, aprobadas por resolución nacional y de aplicación general.

Los establecimientos deberán verificar si para dicho mercado se requiere habilitación o basta con el LEEPP. En el caso de requerirla, es importante que verifique si la habilitación para el país de interés es delegada o directa (revise la información en el campo detalles de esta ficha).

 

El trámite se puede realizar durante todo el año en la oficina sectorial del SAG que corresponda a la ubicación del establecimiento interesado en obtener su habilitación. 

Establecimientos inscritos en el LEEPP que deseen obtener su habilitación para exportar sus productos a determinados mercados.

 

 

En el caso de requerirla, es importante que verifique si la habilitación para el país de interés es delegada o directa:

  • Habilitación delegada: es la habilitación otorgada por el SAG a un establecimiento inscrito en el LEEPP, cuando ha sido delegada dicha autorización por la autoridad competente de un mercado/país, para que el establecimiento exportador de productos pecuarios pueda faenar, despostar, elaborar, producir, preparar, procesar, conservar, almacenar o congelar productos para ese mercado/país de destino. El servicio en virtud de esta delegación deberá verificar en el establecimiento interesado el cumplimiento de la regulación del mercado/país.
  • Habilitación directa: es la autorización otorgada directamente por la autoridad competente de un mercado/país para que un establecimiento exportador de productos pecuarios pueda faenar, despostar, elaborar, producir, preparar, procesar, conservar, almacenar o congelar productos para su país. La autoridad competente del mercado/país verificará en el establecimiento interesado el cumplimiento de su regulación. En tanto, SAG será el responsable de verificar que estas condiciones se mantengan.

Carta de solicitud de habilitación que contenga:

  • Información sobre los productos a exportar, indicando la línea de proceso a habilitar.
  • Exigencias sanitarias del país de destino, considerando el proceso a habilitar.

Importante:

  • Si el tipo de hablitación es delegada, el establecimiento debe aprobar la pauta de evaluación específica para habilitarse a dicho mercado y cumplir con las exigencias de éste. Una vez que cumpla, se notifica al mercado. En este caso la autoridad delega en el SAG la potestad de verificar el cumplimiento de su normativa.
  • Si el tipo de habilitación es directa, se solicita al país/mercado visita de habilitación. Una vez acordada la fecha, se envía programa y se realizan las gestiones necesarias. Terminada la visita, y luego de pasado un tiempo, se recibe informe en el que se pueden observar diversos resultados (establecimiento aprobados, pendientes o rechazados). Realizándose distintas gestiones según el caso.

 

La vigencia de la habilitación dependerá de la normativa del mercado.

- Instrucciones Trámite en línea

 

 

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina sectorial del SAG que corresponda a la ubicación del establecimiento interesado en obtener su habilitación. 
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la habilitación del establecimiento para exportar sus productos a determinado mercado.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la habilitación del establecimiento. Si cumple con las exigencias, éste será habilitado al mercado para exportar los productos solicitados.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

La solicitud de habilitación al SAG no tiene costo. Pueden existir costos posteriores que depende de la autoridad sanitaria de cada país.

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