Permiso para la corta de plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal

Última actualización:

Permite obtener la autorización para la corta de plantaciones existentes en terrenos de aptitud preferentemente forestal o que cuenten con plantaciones bonificadas (según lo establecido en el decreto ley N° 701). 

El trámite se puede realizar durante todo el año, en las en el sitio web y en las oficinas de CONAF.

Propietarios y propietarias de predios.

  • Formulario de solicitud (relativo al decreto ley N°701).
  • Plan de manejo o norma de manejo.
  • Cartografía.
  • Copia simple de la cédula de identidad del propietario, propietaria o poseedor en trámite de saneamiento.
  • Copia de inscripción de dominio vigente del predio, que tenga una antigüedad que no superior a 120 días contada desde la fecha de emisión. Para las siguientes solicitudes podrá presentar un certificado de vigencia o declaración jurada del propietario firmada ante notario, de que no ha existido cambio en el dominio del respectivo predio. 
  • En caso de solicitud de saneamiento, certificado de regularización de título de dominio de una propiedad particular, con una antigüedad no superior a 120 días.
  • Copia autorizada ante notario del certificado de título del profesional autor del estudio técnico. Revise el listado de consultores de CONAF.
  • En caso de que el plan de manejo contemple corta o explotación de bosques en zonas fronterizas, carta de petición a CONAF para con la autorización de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL).
  • En casos de intervención de bosques fiscales, copia autorizada del documento que incluya la concesión o arrendamiento del inmueble fiscal.

Importante:

  • En caso de personas jurídicas, deberá consultar en oficinas de CONAF el detalle de la documentación requerida.
  • El estudio técnico debe ser elaborado por un o una ingeniero forestal o ingeniero agrónomo especializado. De ser elaborado por un ingeniero agrónomo especializado, deberá incluir copia autorizada ante notario certificado de especialización profesional.
  • El propietario o propietaria podrá adherirse a las normas de manejo de CONAF. La solicitud y norma puede ser elaborada por la o el interesado, a través de los formularios norma de adhesión o mediante un consultor forestal.

La vigencia del plan de manejo depende de lo estipulado en la resolución y la legislación forestal vigente.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “ir al trámite en línea”.
  3. Una vez en el sitio de la institución, escriba su RUT y contraseña, y haga clic en “ingresar”. Si no está registrado cree una cuenta.
  4. En el menú "mis estudios " seleccione la opción "permiso para la corta de plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal”, complete los datos requeridos, y adjunte los documentos.
  5. Como resultado del trámite obtendrá una resolución aprobatoria o denegatoria en un plazo máximo de 120 días corridos. En el caso de plantaciones ubicadas desde la región de Valparaíso a Los Lagos, que cumplan los requisitos (artículo N°21 del decreto ley 701), tendrán un plazo para registrar de 30 días corridos.

Importante:

  • Desde CONAF se verificará si la información es correcta y en los formatos necesarios para aceptar la admisibilidad.
  • El propietario o propietaria deberá declarar, bajo juramento, que los datos proporcionados en la solicitud son verdaderos.
  • Para más información, llame al +56 2 2663 00 00, o escriba a consulta.oirs@conaf.cl.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de CONAF que corresponda, según la ubicación del predio.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para el plan de corta de plantaciones.
  4. Entregue los antecedes requeridos.
  5. Como resultado del trámite obtendrá una resolución aprobatoria o denegatoria en un plazo máximo de 120 días corridos. En el caso de plantaciones ubicadas desde la región de Valparaíso a Los Lagos, que cumplan los requisitos (artículo N°21 del decreto ley 701), tendrán un plazo para registrar de 30 días corridos.

Importante:

  • Desde CONAF se verificará si la información es correcta y en los formatos necesarios para aceptar la admisibilidad.
  • El propietario o propietaria deberá declarar, bajo juramento, que los datos proporcionados en la solicitud son verdaderos.
  • Para más información, llame al +56 2 2663 00 00, o escriba a consulta.oirs@conaf.cl
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  • Corta o explotación y reforestación de plantaciones:
    • 0,15 Unidades de Fomento (UF) por hectárea (ha): regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana.
    • 0,2 UF/ha: desde la región de O´Higgins hasta Los Lagos.
    • Obtenga más información.
  • Para pequeños propietarios forestales no tiene costo.

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