Corresponde a un documento que emite el SAG, como autoridad sanitaria oficial, que certifica que un medicamento veterinario está registrado y se comercializa en el país, si su expendio está sometido a algún régimen restrictivo o control especial y que es elaborado en instalaciones industriales sometidas a inspecciones regulares, aplicando prácticas de calidad recomendadas por la Organización Mundial de la Salud.
Además, certifica que el establecimiento:
- Reúne las condiciones exigidas por la legislación sanitaria del país de procedencia.
- Tiene la autorización para fabricar y distribuir el producto, reproduciendo en forma íntegra la fórmula autorizada.
¿A quién va dirigido?
Conocer másDirector técnico de la empresa titular de la comercialización del medicamento veterinario registrado en el SAG.
Detalles
Conocer másLa solicitud debe indicar el número de registro SAG del producto y el país de destino del certificado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cuenta de usuario del Portal Pagos del SAG.
- Boleta de pago o comprobante de recaudación.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másDos años.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina del SAG.
- Explique el motivo de su visita: presentar solicitud al jefe de la División de Protección Pecuaria para obtener certificado de libre venta para exportar medicamentos.
- Entregue los antecedentes.
- SAG emitirá una Solicitud de Prestación de Servicios y Notificación de Cobros (SPS) por concepto de tarifa de emisión de certificado de libre venta, de acuerdo con el sistema tarifario vigente, mediante el Portal Pagos del SAG.
- Después de pagar la tarifa en la tesorería del servicio, debe enviar la boleta de pago o el comprobante de recaudación al correo electrónico patricia.diaz@sag.gob.cl, o presentarlo en la secretaría del Subdepartamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.
- Como resultado del trámite, SAG evaluará la solicitud y, si corresponde, emitirá el certificado.
- Envíe un correo electrónico con los antecedentes a farmacos@sag.gob.cl.
- SAG emitirá una Solicitud de Prestación de Servicios y Notificación de Cobros (SPS) por concepto de tarifa de emisión de certificado de libre venta, de acuerdo con el sistema tarifario vigente, mediante el Portal Pagos del SAG.
- Después de pagar la tarifa en la tesorería del servicio, debe enviar la boleta de pago o el comprobante de recaudación al correo electrónico patricia.diaz@sag.gob.cl, o presentarlo en la secretaría del Subdepartamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.
- Como resultado del trámite, SAG evaluará la solicitud y, si corresponde, emitirá el certificado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEmisión de certificado de libre venta, con declaración de fórmula cuali-cuantitativa, por cada producto: una UTM.
Marco Legal
Conocer más- Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Reglamento de Productos Farmacéuticos de uso Exclusivamente Veterinario.
- Resolución N° 2.361 de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.