El registro de producto farmacéutico de uso exclusivamente veterinario tiene una vigencia de ocho años, que podrá ser renovado por períodos iguales y sucesivos si el interesado así lo solicita, con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha de término del período.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersona natural o jurídica, nacional o extranjera, debidamente representada y domiciliada en Chile.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Antecedentes legales y técnicos señalados en la Guía de actividades que ejecuta la empresa registrante para la renovación de registro de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinarios.
- Cuenta de usuario del sistema en línea Registro y Autorización de Productos.
- Cuenta de usuario del Portal Pagos del SAG.
- Boleta de pago o comprobante de recaudación.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa renovación tiene una vigencia de ocho años.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Ingrese su nombre y contraseña, y seleccione en "medicamentos".
- Haga clic en "iniciar sesión".
- Seleccione “registros vigentes”, luego “acciones” y posteriormente “renovar registro”.
- Adjuntar los antecedentes técnicos y legales.
- Una vez enviada la solicitud, el solicitante tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar los antecedentes legales en formato papel, en la secretaría del Subdepartamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios, ubicada en Nataniel Cox 31, oficina 94, Santiago.
- Si los antecededentes están correctos, se emite una Solicitud de Prestación de Servicios y Notificación de Cobros (SPS) por concepto de tarifa de renovación al registro sanitario, de acuerdo al sistema tarifario vigente, mediante el Portal Pagos del SAG.
- Posterior al pago de la tarifa de renovación de registro en la tesorería del SAG, se debe presentar la boleta de pago o el comprobante de recaudación en la Secretaría del Subdepartamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.
- Como resultado del trámite, habrá realizado la solicitud de renovación del registro de producto farmacéutico de uso exclusivamente veterinario. SAG evaluará los antecedentes presentados y emitirá una resolución.
Importante:
Si es que fuese necesario, el SAG podrá pedir antecedentes complementarios al solicitante, quien tendrá que adjuntarlos a través del sistema en línea.
Marco Legal
Conocer más- Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Reglamento de Productos Farmacéuticos de uso Exclusivamente Veterinario.
- Resolución exenta N° 2.361 de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.