Contrato de trabajo electrónico (empleadores y trabajadores)

Última actualización:

Permite escriturar un contrato de trabajo (de duración indefinida o plazo fijo), a través del portal Mi DT. El empleador elabora e ingresa a la plataforma la propuesta del contrato, la que puede ser aceptada o rechazada electrónicamente por el trabajador.

Importante:

  • La fecha de suscripción del contrato de trabajo electrónico corresponderá a aquella en que el trabajador aceptó la propuesta elaborada por el empleador.
  • El sistema permite escriturar contratos de trabajo con duración indefinida o plazo fijo.
  • Si el empleador desconoce el correo electrónico personal del trabajador, no puede suscribir el contrato de trabajo electrónico.
  • Revise el manual de usuario para la correcta realización del trámite en línea.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT.

Empleadores constituidos como persona jurídica y trabajadores.

Empleadores:

  • Tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
  • Contar el correo electrónico personal y RUT del trabajador.

Trabajadores:

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en “ir al trámite en línea”.
  2. Haga clic en “iniciar sesión”.
  3. Escriba su RUN y clave única, y haga clic en “autenticar”. Si no está registrado, solicite la clave única.
  4. Actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
  5. Haga clic en “contrato de trabajo electrónicos” y realice los siguientes pasos, según su perfil:
  6. Empleador:
    • Haga clic en “crear nuevo contrato”.
    • Complete las cuatro etapas: identificación de las partes, funciones y jornada laboral, remuneraciones, y otras estipulaciones y firma. Cada vez que finalice una etapa, haga clic en “siguiente”.
    • Revise el documento de borrador del contrato, haga clic en “enviar” y luego en “sí” para que el trabajador reciba la notificación. Al finalizar el proceso, el contrato de trabajo electrónico quedará en estado de “propuesta enviada”.
  7. Trabajador: 
    • Una vez que el empleador finalice la propuesta de contrato de trabajo electrónico, recibirá en su correo una notificación con el estado “pendiente de firma”.
    • Revise sus notificaciones, y haga clic en “notificación firma de contrato de trabajo”.
    • Haga clic en “revisar” y luego en “descargar contrato de trabajo”.
    • Lea el documento, y haga clic en “he leído el contrato de trabajo y sus anexos”. Si está de acuerdo con la propuesta, haga clic en “firmar”, si no lo está, haga clic en “rechazar” para describir sus motivos, y haga clic en “aceptar”
  8. Como resultado del trámite, el empleador y el trabajador habrán suscrito un contrato de trabajo electrónico. Si el trabajador no aprueba la propuesta del empleador, ésta no tendrá ningún efecto.

Importante:

  • Los empleadores podrán actualizar los contratos suscritos con los trabajadores siempre y cuando se encuentren firmados por ambas partes. Cada vez que se realice una modificación, el trabajador recibirá un correo electrónico para que valide la nueva propuesta.
  • Los empleadores podrán informar el término de la relación laboral sólo si el contrato se encuentra en estado “firmado”. Este cambio es irreversible y no reemplaza el finiquito, el aviso de término del contrato, ni las acciones que por ley se deban realizar.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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