Reintegro de derechos aduaneros

Última actualización:

Permite recuperar los derechos y demás gravámenes pagados con motivo de la importación de insumos extranjeros, utilizados para la producción de bienes y servicios de exportación. También se considera exportación, para efectos de reintegro, la venta de mercancías a zona franca primaria.

Una vez aceptada a trámite la solicitud de reintegro, la Aduana remite la orden de pago en línea y en forma electrónica al servicio de Tesorería.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y oficinas de Aduanas.

Personas naturales o jurídicas que exporten bienes o servicio y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que los insumos por los que se solicita el reintegro se encuentren en la categoría de materias primas, artículos a media elaboración, partes o piezas y sean incorporados o consumidos efectivamente en bienes o servicios exportados, o en mercancías nacionales vendidas a zona franca primaria (usuarios de zona franca).
  • Que hayan pagado los derechos aduaneros al momento de efectuar la importación.
  • Que cumplan con los plazos para solicitar el beneficio: hasta 9 meses corridos, contados desde la fecha de legalización del o los respectivos DUS.
  • Los DIN no podrán tener una antigüedad superior a 18 meses, a contar de la fecha de legalización de éste o los DUS.
  • El beneficiario debe mantener en el domicilio declarado en la solicitud de reintegro, por el plazo de 5 años, una carpeta con los documentos que acreditan la exportación de bienes o servicios y la importación de insumos a través del mismo o de terceros.
  • Si realiza la solicitud por Internet, debe tener clave de acceso para ingresar al sistema.

Es posible solicitar prórroga ante las Aduanas hasta por un plazo de 30 días o ante la Dirección Nacional de Aduanas (subdepartamento de regímenes especiales) hasta por un plazo no superior a 270 días, para los Documentos Únicos de Salida (DUS) y/o Declaraciones de Ingreso (DIN).

  • Solicitud dirgida al Departamento de regímenes especiales de la subdirección técnica de la Dirección Nacional de Aduanas (para quienes soliciten el beneficio por primera vez), que indique:
  • Nombre o razón social del beneficiario.
    • RUT.
    • Dirección.
    • Número de fax si fuera procedente y sector productivo a que pertenece (alimenticio, forestal, frutero, minero, molinero, pesquero, petroquímico, tecno industrial y textil, entre otros).
  • Fotocopia del RUT del beneficiario.
  • Escritura pública de la constitución de la empresa (copia legalizada ante notario público) con sus modificaciones, si procediere.
  • Certificado de inscripción vigente de la empresa del Conservador de Bienes Raíces, con una antigüedad máxima de 60 días.
  • Mandato legal actualizado que acredite la representación del requirente respecto del beneficiario del régimen.
  • En caso de que la solicitud de reintegro sea presentada directamente por el representante legal de la empresa, deberá presentar una copia del mandato legal reducido a escritura pública, con las constancias de su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente.
  • Registro de firmas, nombre y RUT del representante legal o las personas autorizadas para suscribir la solicitud de reintegro. Esta información deberá ser actualizada en forma inmediata por el beneficiario, cuando se produzcan cambios en representantes.
  • Listado de los insumos extranjeros que participan en la producción del bien exportado.
  • Descripción del o los procesos productivos en el cual participan los insumos extranjeros.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su nombre de usuario y contraseña y haga clic en "aceptar".
  3. Complete los datos requeridos.
  4. Como resultado del trámite habrá solicitado la emisión de un certificado, reconociendo el monto en dólares del reintegro a nombre del exportador que será emitido electrónicamente al servicio de Tesorería. 

Importante: el beneficiario podrá optar por dos modalidades de pago: depósito en cuenta corriente o cheque nominativo, que es remitido al domicilio del exportador.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Diríjase a alguna de las oficinas de Aduanas que tramitan documentos de exportación.
  2. Explique el motivo de su visita: solicitar el reintegro de derechos aduaneros.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la emisión de un certificado, reconociendo el monto en dólares del reintegro a nombre del exportador que será emitido electrónicamente al servicio de Tesorería. 

Importante: el beneficiario podrá optar por dos modalidades de pago: depósito en cuenta corriente o cheque nominativo, que es remitido al domicilio del exportador.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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