Recepción de licencias médicas (tipo 5 y 6)

Última actualización:

Permite a empleadores del sector privado y trabajadores independientes, cumplir con la obligación de entregar licencias médicas tipo 5 (con motivo de accidente laboral) y tipo 6 (con motivo de enfermedad profesional) para que se inicien las gestiones asociadas al pago de subsidio de incapacidad laboral.

Debido a la crisis sanitaria por el Coronavirus, hasta nuevo aviso, este trámite estará disponible sólo a través de una solicitud enviada al correo que corresponda a su región o a través de las oficinas de ChileAtiende disponibles.

 

Empleadores del sector privado y trabajadores independientes.

Importante:

  • El trabajador recibirá el pago del subsidio de incapacidad laboral correspondiente a la licencia médica autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), en un plazo no superior a 30 días corridos desde que el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) recibe la licencia médica.
  • El pago del subsidio de incapacidad laboral lo realiza el ISL, a través de pago en efectivo en cajas del Banco Estado o mediante depósito en Cuenta RUT u otra cuenta personal si el trabajador lo solicita.

Entidad empleadora:

  • Formulario de licencia médica tipo 5 (licencia con motivo de accidente laboral) y/o tipo 6 (licencia con motivo de enfermedad profesional) que sus trabajadores le hayan entregado. 
  • Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), según corresponda.
  • Copia de contrato de trabajo y anexo, si corresponde.
  • Tres liquidaciones de remuneraciones anteriores a la fecha de inicio de la respectiva licencia médica.
  • Certificado de cotizaciones de AFP o Ex Caja de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
  • En caso de que corresponda, certificado de cotización en Isapre.
  • En caso de que corresponda, certificado de subsidios por incapacidad laboral pagados por otro organismo.
  • En caso de que corresponda, documento en el que justifica la entrega licencia médica fuera del plazo (es decir fuera de los tres días hábiles siguientes al día que la recibió).

Trabajadores y trabajadoras independientes:

  • Formulario de licencia médica tipo 5 (licencia con motivo de accidente laboral) y/o tipo 6 (licencia con motivo de enfermedad profesional).
  • Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), según corresponda.
  • Planilla de pago de cotizaciones previsionales de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica (para estos efectos sirve la planilla original o copia fiel del original o certificado de Previred o talón de pago).
  • Certificado de cotizaciones de AFP o Ex Caja para el periodo de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia.
  • En caso de que corresponda, documento en el que justifica la entrega licencia médica fuera del plazo (es decir fuera de los dos días hábiles siguientes al día que la recibió).

Importante: todos los documentos que se presenten deben estar legibles.

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