Registro de Pasajeros Infractores (RPI)

Última actualización:

El Registro de Pasajeros Infractores (RPI) consigna el listado de personas infractoras por no haber cancelado una multa correspondiente al no pago del pasaje o por haber cometido otra de las faltas o delitos relacionados con el uso del transporte público.

La consulta solo se puede realizar con clave única.
El servicio está disponible durante todo el año. El sistema permite realizar hasta 8 consultas de terceros, en un periodo de 12 meses.

Persona natural que requiera información propia o de terceros.

El Registro de Pasajeros Infractores es administrado por la Subsecretaría de Transportes y tiene anotadas a aquellas personas que fueron sancionadas por no cancelar las multas correspondientes a:

  • Acceder a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros utilizando un pase escolar, pase de educación superior o cualquier instrumento o mecanismo que permita el uso del transporte público con beneficios, sin ser su titular, o alterándolo con el fin de aparentar la titularidad.
  • Usar los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa correspondiente.

Importante:

A las personas que están anotadas en el RPI se les suspenderá la entrega de los documentos o certificados asociados al transporte tales como licencia de conducir, permisos de circulación (cuando el infractor sea propietario de un vehículo motorizado), pases escolares o de educación superior, o cualquier documento que permita una exención de pago o rebaja tarifaria en el transporte público. Además, la Tesorería General de la República podrá retener de la devolución de impuestos a la renta que corresponda.

Si realiza el trámite en línea:

  • Clave única.
  • RUT de la persona, si desea consultar por un tercero.

Si realiza el trámite de forma presencial:

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "clave única".
  3. Ingrese su RUN y clave única, y haga clic en "autenticar". Si no posee clave única, solicítela.
  4. El sistema le informará si está o no en el Registro de Pasajeros Infractores (RPI), habrá obtenido la información personal asociada a su RUN.
  5. Si desea consultar por el registro de otra persona, haga clic en "consulta por terceros" e ingrese el RUN a consultar.
  6. Como resultado, habrá obtenido la información solicitada.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Dirijase a las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de las Secretarías Regionales Ministeriales.
  3. Explique el motivo de su visita: consultar el Registro de Pasajeros Infractores (RPI).
  4. Entregue los antecedentes requeridos. 
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado su solicitud para consultar por el registro de un RUN, personal o de tercero, en el RPI. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 20 días hábiles a través del medio informado al presentar la solicitud.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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