Publicación de un extracto de muerte presunta en el Diario Oficial

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La presunción de muerte de una persona debe ser declara por un juez, habiendo presentado, previamente, los antecedentes que demuestran que se desconoce el paradero del desaparecido.

Según lo establecido en el Código Civil, se debe publicar en el Diario Oficial tanto el extracto de citaciones como el extracto de sentencia de muerte presunta.

El extracto de citaciones se puede publicar cualquier día hábil y extracto de sentencia de muerte presunta se publica los días 1 ó 15 de cada mes.
El trámite se puede realizar durante todo el año, en el sitio web, por correo y también en la oficina del Diario Oficial.

Personas naturales y jurídicas.

  • Extracto de citaciones: deben publicarse tres veces en el Diario Oficial. Realizada la primera publicación, deberá transcurrir un periodo de dos meses para realizar la siguiente. El pago se debe hacer tres días hábiles antes de la fecha en que desea publicar la citación.
  • Extracto de sentencia de muerte presunta: todas las sentencias, tanto definitivas como interlocutorias, deberán ser publicadas en el Diario Oficial. El pago debe hacerse cinco días hábiles antes de la fecha en que desea publicar.

Impotante: si se cuenta con privilegio de pobreza, debera presentar el documento que lo acredita (original), para la exención del pago de publicación.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y contraseña, y haga clic en ingresar. Si no está registrado, cree una cuenta.
  3. Haga clic en "ver más trámites judiciales" y luego en "muertes presuntas".
  4. Ingrese código de verificación (ubicado bajo el código de barras del documento).
  5. Pague el valor del trámite y siga las instrucciones. Si cuenta con privilegio de pobreza, adjunte el documento.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la publicación del extracto en el Diario Oficial, la que se realizará al tercer día hábil después de efectuado el pago para el caso de las citaciones o el día 1 o 15 del mes si es una sentencia, según lo asignado por el sistema.

Importante: la publicación del documento se debe verificar con el Código de Validación Electrónico (CVE).

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna el antecedente requerido.
  2. Diríjase a la oficina del Diario Oficial, ubicada en Doctor Torres Boonen 511, Providencia. Horario de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:30 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: publicar un extracto de citación y/o sentencia de muerte presunta.
  4. Entregue el antecedente requerido.
  5. Pague el valor de la publicación. Si cuenta con privilegio de pobreza, presente el documento que lo acredita.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la publicación del extracto en el Diario Oficial, la que se realizará al tercer día hábil después de efectuado el pago para el caso de las citaciones o el día 1 o 15 del mes si es una sentencia.

Importante: la publicación del documento se debe verificar con el Código de Validación Electrónico (CVE)

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Complete e imprima el formulario y adjunte el documento que desea publicar (transcripción en original). 
  2. Envíelos a Doctor Torres Boonen 511, Providencia.
  3. Una vez que la institución recepcione los antecedentes, recibirá los siguientes correos electrónicos:
    • Registro: para quienes no han activado su cuenta.
    • Cotización: podrá revisar la cotización y pagar en línea el documento que desea publicar.
  4. Como resultado del trámite, habrá solicitado la publicación del extracto de muerte presunta en el Diario Oficial, la que se realizará  al tercer día hábil después de efectuado el pago para el caso de las citaciones o el día 1 o 15 del mes si es una sentencia. 

Importante: la publicación del documento se debe verificar con el Código de Validación Electrónico (CVE).

- Instrucciones trámite en el Consulado
  • $1.394 por línea (95 caracteres equivalen a una línea). Si el documento a publicar tiene firma electrónica y lo paga en línea, tiene un descuento del 20% en el valor de la publicación.
  • No tiene costo si cuenta con el documento que acredita privilegio de pobreza.

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