Asignación familiar para chilenos pensionados del IPS residentes en el extranjero

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Permite a un pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) que reside en el exterior, acceder a un beneficio previsional que se asigna en virtud de las personas que viven a sus expensas (cargas) y que cumplen con los requisitos establecidos por la ley.

Los pensionados deberán solicitar la extinción de la asignación familiar ante el consulado correspondiente al lugar donde residen, producto del fallecimiento de una carga, por superar el tope de edad establecido, entre otros motivos que generen el cese del beneficio.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el consulado chileno correspondiente al lugar de residencia.

  • Chilenos pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que vivan en el exterior.
  • Sus cargas deben vivir a expensas del beneficiario y no tener una renta igual o superior al 50% del ingreso mínimo mensual, no se considera renta para éstos efectos la pensión de orfandad.
  • Se excluyen los beneficiarios de pensiones por leyes especiales o Derechos Humanos.

Pueden ser cargas:

  • La cónyuge o el cónyuge con discapacidad que dependa del beneficiario.
  • Hijos menores de 18 años.
  • Hijos mayores de 18 y menores de 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por éste.  
  • Hijos con discapacidad, sin limitación de edad.
  • Nietos y bisnietos huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (en similares edades y condiciones que los causantes hijos).
  • La madre viuda, sin límite de edad.
  • Los ascendientes (padres, abuelos, bisabuelos) mayores de 65 años.
  • Niños huérfanos o abandonados y niños a los cuales, legalmente, se les dé crianza y mantención en iguales condiciones que los hijos.

Requisitos comunes a todos los causantes:

  • Formulario solicitud de Asignación Familiar y Maternal.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del pensionado y sus cargas, legalizadas por el consulado.
  • Formulario de declaración jurada de Asignación Familiar.
  • Certificado de nacimiento chileno o fotocopia legalizada por el consulado (que indique nombre de los padres), en caso de hijo.
  • Certificado de matrimonio chileno o fotocopia legalizada por el consulado, en caso de cónyuge.
  • Certificado de nacimiento de la cónyuge o fotocopia legalizada por el consulado.
  • Copia de liquidación de pago de pensión.

Requisitos adicionales, para solicitud de asignación familiar por cónyuge extranjera sin cédula de identidad chilena.

  • Copia de cédula o documento de identidad extranjero de la cónyuge, legalizada ante el consulado de Chile.
  • Certificado de matrimonio o copia legalizada ante el consulado de Chile.
  • Declaración jurada consular, efectuada por el beneficiario y la cónyuge extranjera, que indique que ésta última no percibe ingresos y vive a expensas del cónyuge pensionado de IPS.
  • Certificado de cotizaciones previsionales y/o pensiones de la cónyuge extranjera, emitido por el organismo correspondiente del país respectivo.
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  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase al consulado chileno correspondiente al lugar donde reside.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la asignación familiar para chilenos en el extranjero.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio de asignación familiar del Instituto de Previsión Social (IPS). El plazo de respuesta depende de cada caso, ya el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa como un intermediario con las instituciones correspondientes.

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