Pensión de viudez del IPS para residentes en el extranjero

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Permite a la viuda o el viudo de un imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) acceder desde el extranjero a un beneficio económico mensual (pensión de viudez).

Los requisitos y los documentos pueden variar, dependiendo de las condiciones exigidas por cada una de las ex cajas de previsión social. Obtenga más información.
El trámite se puede realizar durante todo el año en el consulado chileno del país de residencia.

La o el cónyuge sobreviviente de un imponente o pensionado fallecido, que resida en el exterior y cumpla con los requisitos establecidos por la ex caja de previsión a la que se encontraba afiliado o pensionado.

  • Informe Previsional IPS, que resuelva la correspondencia o no del derecho a este beneficio, según la normativa vigente.
  • Solicitud única de beneficios previsionales.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de nacimiento de ambos (causante y beneficiario).
  • Certificado de matrimonio, emitido con fecha posterior al fallecimiento del causante.
  • Certificado de estudios o discapacidad (si corresponde) debidamente legalizados por el consulado.
  • Fotocopia (por ambos lados) de la cédula de identidad vigente del causante y del beneficiario, legalizada por el consulado.
  • Fotocopia de la liquidación de pago de la pensión o certificado de imposiciones.
  • Ficha para remesa del beneficio.
  • Certificado bancario de la cuenta del solicitante (emitida y firmada por el banco, y que indique: cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del banco, domicilio del banco, sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU), según corresponda.
  • Formulario de antecedentes bancarios.

Importante: los beneficiarios o beneficiarias que vivan en Argentina o Suecia no necesitan presenten el certificado bancario ni el formulario de antecedentes bancarios, ya que pueden solicitar ante el consulado que el pago sea remitido a través de la empresa Western Union.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase al consulado chileno correspondiente al lugar donde vive.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de viudez del IPS para residentes en el extranjero.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión. El plazo de respuesta depende de cada caso, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa como un intermediario con las instituciones correspondientes.

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