Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud la aprobación del plan de manejo de residuos peligrosos para aquellos establecimientos que anualmente generen uno o más kilógramos de residuos tóxicos agudos, o a partir de 12 toneladas de residuos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad, según lo establecido en el reglamento sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos (decreto supremo N° 148, de 2003).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEl plan de manejo debe contener como mínimo los siguientes documentos:
- Antecedentes de la actividad generadora de residuos y del encargado de la gestión de ellos (si corresponde).
- Descripción de las actividades que se desarrollan en el proceso productivo, sus flujos de materiales e identificación de los puntos en que se generan los residuos peligrosos.
- Identificación de las características de peligrosidad de los residuos y estimación de la cantidad anual de cada uno de ellos.
- Análisis de alternativas de minimización de la generación de residuos peligrosos y justificación de la medida seleccionada.
- Detalle de los procedimientos internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y almacenar los residuos.
- Definición del perfil del profesional o técnico responsable de la ejecución del plan, así como del personal encargado de operarlo.
- Definición de los equipos, rutas y señalizaciones que deberán emplearse para el manejo interno de los residuos peligrosos.
- Hojas de datos de seguridad para el transporte de residuos peligrosos para los diferentes tipos generados en la instalación.
- Capacitación que deberán recibir las personas que se desempeñen en las instalaciones o realicen actividades en las que se manejan residuos peligrosos.
- Plan de contingencias.
- Identificación de los procesos de eliminación a los que serán sometidos los residuos peligrosos, explicando los flujos y procesos del reciclaje y/o reúso.
- Sistema de registro de los residuos peligrosos generados por la instalación o actividad. Se debe consignar la cantidad (peso o volumen) y la identificación de las características de peligrosidad de los residuos peligrosos generados, que ingresan o egresan del sitio de almacenamiento, reusados y/o reciclados (incluyendo sus procesos), y enviados a terceros para su valoración o eliminación.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente a su región.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación del plan de manejo de residuos peligrosos.
- Entregue los antecedentes requeridos, y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva Seremi de Salud.
- Pague el valor del trámite en la caja de la Seremi de Salud o en la entidad bancaria que le indique el funcionario.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización, cuya resolución podrá obtener en un plazo aproximado de 30 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másArancel 2018:
$58.800.
Marco Legal
Conocer más- Decreto supremo N° 148 de 2003 del Ministerio de Salud.
- Decreto supremo N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud.