Aprobación del plan de manejo de residuos peligrosos

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Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud la aprobación del plan de manejo de residuos peligrosos para aquellos establecimientos que anualmente generen uno o más kilógramos de residuos tóxicos agudos, o a partir de 12 toneladas de residuos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad, según lo establecido en el reglamento sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos (decreto supremo N° 148, de 2003).

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Personas naturales y jurídicas.

El plan de manejo debe contener como mínimo los siguientes documentos:

  • Antecedentes de la actividad generadora de residuos y del encargado de la gestión de ellos (si corresponde).
  • Descripción de las actividades que se desarrollan en el proceso productivo, sus flujos de materiales e identificación de los puntos en que se generan los residuos peligrosos.
  • Identificación de las características de peligrosidad de los residuos y estimación de la cantidad anual de cada uno de ellos.
  • Análisis de alternativas de minimización de la generación de residuos peligrosos y justificación de la medida seleccionada.
  • Detalle de los procedimientos internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y almacenar los residuos.
  • Definición del perfil del profesional o técnico responsable de la ejecución del plan, así como del personal encargado de operarlo.
  • Definición de los equipos, rutas y señalizaciones que deberán emplearse para el manejo interno de los residuos peligrosos.
  • Hojas de datos de seguridad para el transporte de residuos peligrosos para los diferentes tipos generados en la instalación.
  • Capacitación que deberán recibir las personas que se desempeñen en las instalaciones o realicen actividades en las que se manejan residuos peligrosos.
  • Plan de contingencias.
  • Identificación de los procesos de eliminación a los que serán sometidos los residuos peligrosos, explicando los flujos y procesos del reciclaje y/o reúso.
  • Sistema de registro de los residuos peligrosos generados por la instalación o actividad. Se debe consignar la cantidad (peso o volumen) y la identificación de las características de peligrosidad de los residuos peligrosos generados, que ingresan o egresan del sitio de almacenamiento, reusados y/o reciclados (incluyendo sus procesos), y enviados a terceros para su valoración o eliminación.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente a su región.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación del plan de manejo de residuos peligrosos.
  4. Entregue los antecedentes requeridos, y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva Seremi de Salud.
  5. Pague el valor del trámite en la caja de la Seremi de Salud o en la entidad bancaria que le indique el funcionario.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización, cuya resolución podrá obtener en un plazo aproximado de 30 días hábiles.
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