Evaluación del coeficiente de roce

Última actualización:

Permite a personas naturales y jurídicas (propietarias de una pista de aeródromo) medir y evaluar el coeficiente de roce de superficies como pistas públicas, privadas, y carreteras pavimentadas. 

El trámite se puede realizar durante todo el año.

 Personas naturales o jurídicas, propietarias de una pista de aeródromo.

Carta de solicitud que contenga los datos personales del interesado o de la interesada, además del lugar donde se desea determinar el coeficiente de roce.

Un año desde la fecha de medición.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna la carta de solicitud.
  2. Diríjase a:
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la evaluación del coeficiente de roce.
  4. Entregue la carta de solicitud.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la evaluación.

Importante: la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le enviará un correo electrónico explicando el procecimiento a seguir y la forma de pago.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna la carta de solicitud.
  2. Envíela al correo electrónico: aerodromos@dgac.cl.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado la evaluación del coeficiente de roce.

Importante: la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le enviará un correo electrónico explicando el procecimiento a seguir y la forma de pago.

- Instrucciones trámite en el Consulado

  

Para conocer el valor del trámite revise el artículo 43 (estudios y certificaciones de aeródromos) del tarifario aeronáutico.

Importante:

  • El pago se puede realizar a través de los siguientes medios:
    • Efectivo.
    • Cheque nominativo y cruzado a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil. El documento debe estar a nombre de la persona que realice el trámite, ya que no se aceptarán cheques de terceros. El monto debe ser exacto respecto lo cobrado.
    • Vale vista a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil. El monto debe ser exacto respecto a lo cobrado.
  • En caso de requerir factura, se exigirá la presentación original del Rol Único Tributario (ROL) o una fotocopia de éste autenticada ante notario público. Si no cumple con este requisito, se entregará sólo un comprobante de pago o recibo de tasas aeronáuticas.
  • Si es necesaria una visita en terreno, el interesado o la interesada debe pagar previamente los gastos de traslado y viático del funcionario o de la funcionaria de la DGAC. 

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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