Internación de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas

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La Ley de Caza y su reglamento regula la internación al territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas que puedan perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental, especialmente de aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración.

Para el caso de internación de insectos, consulte en la División de Protección Agrícola y Forestal del SAG, enviando un correo electrónico a propagri@sag.gob.cl.

Obtenga más información.

Debido a la crisis sanitaria por el Coronavirus (COVID-19), este trámite sólo se puede realizar enviando los antecedentes requeridos por correo postal o por correo electrónico

Personas naturales o jurídicas, que cumplan con los requisitos sanitarios específicos para la especie a internar, los cuales son establecidos por la División de Protección Pecuaria del SAG (los requisitos pueden ser solicitados al correo electrónico propec@sag.gob.cl).

El interesado deberá presentar una carta conductora de la solicitud de internación a nombre del jefe de División de Protección de los Recursos Naturales Renovables, que debe contener, a lo menos, los siguientes antecedentes:

  • Nombre, cédula de identidad o RUT, dirección, teléfono, fax y correo electrónico (si los tuviere) del propietario o su representante legal.
  • Propósito para el cual se desea hacer la internación de los ejemplares al país.
  • Mapa georreferenciado del lugar donde serán mantenidos en cautiverio.
  • Descripción detallada de las instalaciones en que serán mantenidos los ejemplares. Debe indicar dimensiones, materiales de construcción y normas de seguridad establecidas para evitar su escape.
  • Antecedentes de la especie a internar, tales como: nombre común y científico, subespecie si la existiera, origen y cantidad de animales que motivan la solicitud, descripción detallada de su biología y ecología, con especial énfasis en su tasa reproductiva, dieta, relaciones interespecíficas, métodos conocidos de control y captura, y toda aquella información que a juicio del servicio fuera necesario indicar en casos especiales.
  • Métodos de transporte y mantención de los ejemplares.
  • Planes de contingencia frente a fuga de animales, incendio, emergencia sanitaria e ingreso de un depredador.
  • Plan de cierre o abandono del proyecto.
  • Formulario "Solicitud de internación de fauna exótica". Revise la guía para completar el formulario.
  • Adicionalmente, si se trata de especies protegidas por la Convención Internacional CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), es necesario que tome contacto con la autoridad administrativa CITES del país de origen para solicitar el permiso correspondiente.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de partes del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ubicada en Paseo Bulnes 140, Santiago, región Metropolitana. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización de internación de fauna silvestre exótica al territorio nacional.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Pague la tarifa que corresponda.
  6. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Tendrá respuesta a su requerimiento en el plazo de 60 días hábiles siguientes a su presentación, mediante una resolución exenta emitida por el SAG.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email

Correo postal

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos por carta certificada a la oficina de partes del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ubicada en Paseo Bulnes 140, Santiago, región Metropolitana.
  3. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Tendrá respuesta a su requerimiento en el plazo de 60 días hábiles siguientes a la recepción de la carta, mediante una resolución exenta emitida por el SAG.

Correo electrónico

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíe los antecedentes al correo: oficina.informaciones@sag.gob.cl.
  3. Como resultado del trámite, habrá presentando la solicitud.
- Instrucciones trámite en el Consulado

Según las tarifas establecidas en la resolución exenta Nº 7.170, de 2018 del Servicio Agrícola y Ganadero.

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