El permiso permite realizar excavaciones en sitios arqueológicos y prospecciones (exploración del subsuelo) con pozos de sondeo en áreas donde pudiesen existir sitios arqueológicos.
¿A quién va dirigido?
Conocer másLos permisos de prospección o excavación arqueológica solamente pueden otorgarse a arqueólogos titulados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta solicitud dirigida al secretario o secretaria del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) por el arqueólogo o por la entidad patrocinante.
- Formulario de Solicitud Arqueológica (FSA) completado por el arqueólogo con los antecedentes del artículo 7 del reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas de la Ley Nº 17.288 (Decreto Supremo (DS) del Ministerio de Educación, Mineduc, Nº 484 de 1990).
- Plano a escala adecuada y con buena definición que permitan visualizar las intervenciones que se harán.
- Antecedentes del proyecto.
- Carta Gantt.
- En caso de investigadores extranjeros, se debe regir por el artículo 8 del Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas de la Ley Nº 17.288.
Importante: en caso de que un área solicitada se superponga con un permiso otorgado previamente, se requerirá del consentimiento del investigador, lo que debe ser acreditado mediante una carta de dicho titular.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLos permisos tienen una vigencia de 5 años, a menos de que se indique lo contrario.
Al cabo de 2 años, como máximo, se deberá entregar un informe sucinto de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 del Decreto Supremo (DS) Nº 484 de 1990, del Mineduc.
Asimismo, el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) podrá revocar los permisos según lo estipulado en el artículo 14 del mismo decreto.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "solicitar el permiso".
- Ingrese con su ClaveÚnica o la del GEDOC (Gestor Documental).
- Rellene el formulario. Puede ir guardando los pasos para complementar más adelante.
- Pulse "enviar".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso.
Importante: los permisos deberán solicitarse con una anticipación de, a lo menos, 90 días a la fecha que se pretenda iniciar los trabajos de prospección o excavación.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- En Santiago: a la Secretaría del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), ubicada en avenida Vicuña Mackenna 84, Providencia, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 16:30 horas.
- En regiones: a una de las oficinas regionales del CMN.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el permiso para prospección y/o excavación arqueológica.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Durante el proceso es posible que le soliciten antecedentes adicionales. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 60 días, en el que el Consejo de Monumentos Nacionales emitirá una resolución que puede autorizar o no autorizar, presentar observaciones que deben ser subsanadas para lograr el permiso, o bien autorizar el permiso con indicaciones.
Importante: los permisos deberán solicitarse con una anticipación de, a lo menos, 90 días a la fecha que se pretenda iniciar los trabajos de prospección o excavación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales, artículos 22 y 23.
- Decreto Supremo (DS) Nº 484 de 1990, del Ministerio de Educación, reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, artículos 7 y 8.