Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud que autorice la importación de sustancias y fuentes radiactivas y equipos que contienen una o más fuentes radiactivas selladas.
La autorización es uno de los requisitos solicitados para el Certificado de Destinación Aduanera (CDA). Si el importador no cuenta con ella, no podrá desaduanar la mercancía peligrosa e internarla al país desde recintos aduaneros o pasos fronterizos al territorio nacional.
Una vez que se otorgue la autorización de Uso y Disposición (U y D), los interesados deberán acreditar la autorización de importación para futuras autorizaciones (operación, transporte, distribución, transferencia y de desecho radiactivo).
La solicitud no requiere inspección.
¿A quién va dirigido?
Conocer másImportadores de sustancias radiactivas y/o equipos con fuentes radiactivas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta del representante legal, indicando el uso y destino de las sustancias radiactivas o equipos a importar.
- Copia de la resolución que autoriza el almacenamiento transitorio de las sustancias radiactivas o de los equipos.
- Factura de proforma u otro instrumento, por ejemplo: cotización internacional, orden de compra o cotización del proveedor.
- Certificado de calibración de las sustancias radiactivas o equipos, emitido por la autoridad regulatoria del país de origen o fabricante.
- Copia de las especificaciones técnicas de las sustancias radiactivas o de los equipos: catálogo y hoja de seguridad del material.
- Mandato legal si la solicitud es presentada por un tercero.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente a su región.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización sanitaria para importar sustancias radiactivas y equipos con fuentes radiactivas selladas.
- Entregue los antecedentes requeridos y complete el formulario si no lo descargó previamente del sitio web de la respectiva Seremi de Salud.
- Pague el valor del trámite en la caja de la Seremi de Salud o en la entidad bancaria que le indique el funcionario.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una resolución sanitaria expresa en un plazo aproximado de 30 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másArancel 2018:
$8.100.
Marco Legal
Conocer más- Ley N° 18.164 del Ministerio de Hacienda.
- Artículos 86° del Código Sanitario.
- Decreto con Fuerza Ley N° 1 de 1990 que determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa.
- Decreto supremo N° 133 de 1984 que aprueba el reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas u opere tales equipos y otras actividades afines.