Aprobación de proyectos de construcción de obras hidráulicas especificadas en el artículo 294° del Código de Aguas

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Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Dirección General de Aguas (DGA) la aprobación de los siguientes proyectos de obras hidráulicas (denominadas mayores), que pueden causar daño a la vida, salud o bienes de las personas, o alterar el régimen de escurrimiento de las aguas:

  • Embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura.
  • Acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo.
  • Acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite.
  • Sifones y canoas que crucen cauces naturales.
El trámite se puede realizar durante todo el año.

Personas naturales o jurídicas.

Importante: el trámite lo puede realizar el representante del titular, por medio de un poder notarial.

Publicación en medios de comunicación:

Tal como lo establece la normativa, los extractos de las solicitudes se deben publicar una sola vez y dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles (contados desde la fecha de ingreso de la solicitud) en los siguientes medios de comunicación:

  • Diario Oficial: sólo publica los días 1 ó 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato.
  • Diario de la región Metropolitana, en forma destacada.
  • Las presentaciones que no correspondan a la región Metropolitana, se deben publicar además en un diario provincial o de la capital regional (si no existe en el primer caso).

Adicionalmente, el extracto debe ser difundido al menos tres veces en alguna de las radioemisoras que figuren en el listado de concesiones vigentes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. La difusión se debe realizar los días 1 ó 15 de cada mes, o el primer día hábil siguiente (entre las 8:00 y las 20:00 horas).

En un plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación, los interesados deberán entregar a la Dirección General de Aguas (DGA):

  • Las hojas enteras originales de los diarios o las copias autorizadas ante notario.
  • El certificado de difusión radial suscrito por el representante legal de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión.

Importante: los terceros que se vean afectados podrán deducir oposiciones, hasta treinta días hábiles después de realizada la última publicación.

  • Fotocopia de la cédula de identidad vigente del solicitante (una copia).
  • Proyecto firmado por un profesional competente (dos copias en papel, más su correspondiente archivo magnético), además de los antecedentes técnicos según la magnitud y tipo de obra hidráulica, especificados en el Decreto supremo N° 50 de 2015 del Ministerio de Obras Públicas

Antecedentes legales (una copia): si la solicitud es presentada por una persona jurídica es necesario entregar los siguientes documentos con una antigüedad menor a 60 días (un set original o una copia autorizada ante notario):

  • Certificado de vigencia de la sociedad.
  • Copia de la inscripción en el registro de propiedad de aguas del Conservador de Bienes Raíces.
  • Poder conferido al representante legal (con vigencia).
  • Certificado de registro en el catastro público del derecho de aprovechamiento de aguas.

Otros antecedentes:

  • Resolución Calificatoria Ambiental (RCA) favorable si la solicitud implica un área de protección ambiental o forma parte de un proyecto mayor que requiere ser evaluado ambientalmente (según lo establecido en el artículo 294° del Código de Aguas).

Importante: además de los documentos mencionados anteriormente, se deben entregar en forma separada seis extractos de la solicitud, los que serán utilizados en las publicaciones de prensa escrita y en las emisoras radiales.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a: 
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación de un proyecto de construcción de obras hidráulicas especificada en el artículo 294° del Código de Aguas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud.

Importante

  • Una vez ingresado el requerimiento, el interesado debe cumplir con la publicación en medios de comunicación de circulación nacional o regional, según sea el caso. Ver más información en el campo detalles de esta ficha.
  • Si cumple con la normativa, la Dirección General de Aguas (DGA) dictará una resolución, que aprueba el proyecto de construcción de la obra hidráulica.
  • Si requiere más información, llame al Centro de Información de Recursos Hídricos (CIRH): +56 2 2449 38 10, +56 2 2449 38 12 o +56 2 2449 38 13.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

No tiene costo. Sin embargo el beneficiario tendrá que financiar las publicaciones de los extractos, la difusión radial y la visita en terreno para constatar la existencia del recurso y la ubicación real del pozo.

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