Permite a herederos o cotitulares, en caso de término de la concesión por muerte del concesionario o de alguno de los titulares, obtener una nueva concesión, por el periodo restante y en los mismos términos en que fue establecida.
Las concesiones marítimas no son transmisibles, por lo que debe solicitarse expresamente dicha continuidad.
¿A quién va dirigido?
Conocer másLos herederos o titulares sobrevivientes de una concesión marítima.
Importante:
- En el caso de que no se presenten todos los herederos y/o cotitulares a solicitar el otorgamiento de la concesión, el trámite se iniciará con quienes se hayan presentado y el resto podrá sumarse durante el procedimiento.
- La concesión se otorgará conjuntamente a todos los herederos y/o cotitulares que lo soliciten oportunamente, y acrediten su condición de tales.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másExpediente de solicitud (dos ejemplares) que contenga los siguientes documentos:
- Certificado de defunción.
- Resolución administrativa, o sentencia judicial de posesión efectiva.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la capitanía de puerto correspondiente al lugar donde se encuentre la concesión marítima.
- Explique el motivo de su visita: solicitar una sucesión de concesión marítima.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá realizado la solicitud, que tendrá un plazo de seis meses para ser resuelta.
Importante:
- El capitán de puerto ingresará la solicitud al Sistema Integrado de Administración del Borde Costero (SIABC), y verificará los antecedentes en coordinación con la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA).
- Si la solicitud se declara admisible, obtendrá un ejemplar del expediente con el número de trámite. Una vez admitido, la autoridad marítima remitirá a la SSFFAA el expediente y la publicación del extracto (cuando corresponda), luego de elaborar el conglomerado informe técnico.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto supremo N° 9 de 2018, que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas.