Permite solicitar autorización para la importación y/o exportación de material radiactivo y equipos generadores de radiaciones ionizantes, para su ingreso y egreso del territorio nacional.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEn el caso de importación:
- Factura proforma.
- Información técnica: antecedentes del equipo, certificados de bultos de transporte y certificado de actividad de la o las fuentes.
- Si se trata de material radiactivo en forma especial, se deberá presentar un certificado que acredite que se trata de un "material radiactivo en forma especial".
- Listado de clientes.
En el caso de exportación:
- Identificación de empresa explotadora, empresa gestionadora y destinataria.
- Identificación del representante legal de empresa explotadora de instalaciones radiactivas y empresa de exportación.
- Copia de una autorización de transferencia, si se gestiona por alguna empresa exportadora.
- Información técnica: antecedentes del equipo, certificados de bultos de transporte y certificado de actividad de la o las fuentes.
- Si se trata de material radiactivo en forma especial, se deberá presentar un certificado que acredite que se trata de un "material radiactivo en forma especial".
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa autorización tienen una vigencia máxima de un año.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione la autorización respectiva, y haga clic en "iniciar trámite".
- Escriba su RUT de usuario, sucursal y contraseña, y haga clic en "ingresar". Si no está registrado, solicite una cuenta.
- Complete el formulario, y haga clic en "agregar al carro".
- Ingrese a la opción "carro de compras” y, si se requiere, complete los datos solicitados.
- Verifique que todo esté correcto, y finalice la compra.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá respuesta en un plazo máximo de 40 días hábiles.
Marco Legal
Conocer más- Articulos 4º y 22º del decreto supremo (DS) N° 133, 1984, del Ministerio de Salud.
- Circular Nº 2 de 2013, que actualiza normas respecto de la importación, exportación y transferencia de la importación, exportación y transferencia de materiales radiactivos o sustancias radiactivas y equipos generadores de radiaciones ionizantes.