Permite cumplir con la obligación de informar mediante una declaración mensual al Sernageomin sobre la estadística de producción minera y metalúrgica de los productores mineros, los compradores de minerales y de productos beneficiados.
¿A quién va dirigido?
Conocer másMediana y gran minería, pirquineros o pequeño minero, personas naturales y jurídicas, que cumplan el siguiente requisito:
- Tener iniciación de actividades como empresa minera ante el Sernageomin.
Importante:
Si realiza el trámite en línea, deberá contar con clave para entrar al Sistema de Información Minera (SIMIN). Para obtenerla, descargue el formulario de solicitud de cuenta de administrador delegado, complételo y envíelo a la dirección regional que corresponda de acuerdo a la ubicación de la faena minera (se sugiere contactar telefónicamente para solicitar el email respectivo). Los datos de la cuenta serán informados vía correo electrónico al email especificado en el formulario de solicitud.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másMientras la faena esté operativa.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUT y contraseña, y haga clic en "ingresar". Si no tiene clave, solícitela.
- En la sección "declaraciones", seleccione producción mensual (E-300) o declaración anual (E-301).
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "enviar".
- Como resultado del trámite, habrá presentado la declaración mensual de producción minera.
Importante: revise el manual de uso del sistema.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina regional de Sernageomin.
- Explique el motivo de su visita: presentar la declaración mensual de productividad minera.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la declaración mensual de productividad minera.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Reglamento de Seguridad Minera, Decreto Supremo (DS) Nº 72 de 1985 (modificado por el DS Nº 34 de 2013, que establece el Título XV).
- Guías de seguridad minera.