Permite solicitar la publicación en el Boletín Concursal de una demanda de liquidación forzosa en procedimiento concursal de liquidación de la persona o empresa deudora.
A través de esto, el acreedor, su abogado o el solicitante podrán obtener la publicación de los antecedentes fundantes del inicio del procedimiento concursal, según lo requerido por la Ley N° 20.720.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPueden realizar este trámite quienes hayan solicitado el inicio de un procedimiento concursal de liquidación forzosa en contra del deudor.
Empresa deudora:
- Toda persona jurídica privada, con o sin fines de lucro.
- Toda persona natural contribuyente de primera categoría o del número 2 del artículo 42 del decreto ley Nº 824, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que aprueba la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Persona deudora:
- Personas naturales sujetas a un contrato de trabajo. Es decir, personas naturales contribuyentes del N° 1 del artículo 42 del decreto ley N° 824, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que aprueba la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Personas naturales sujetos de crédito, tales como: dueñas de casa, estudiantes y jubilados, entre otros.
- Personas naturales que, habiendo iniciado actividades comerciales ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), no hayan prestado servicios por dichas actividades dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Copia de la demanda de liquidación forzosa presentada al tribunal del procedimiento.
- Copia de la resolución judicial que provee la demanda, la tiene por presentada y manda a publicarla en el Boletín Concursal.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másSolamente se puede solicitar la publicación de una demanda y resolución por procedimiento.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los documentos requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione si la publicación corresponde a una empresa o persona deudora.
- Escriba su RUN y clave, y haga clic en "autenticar". Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
- Haga clic en "iniciar".
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, haga clic en "siguiente", y posteriormente en "finalizar". Entre los datos requeridos se le solicitarán los antecedentes del deudor.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de publicación de demanda de liquidación forzosa y la resolución que la provee, y recibirá un comprobante de solicitud.
Importante: la Superir analizará los antecedentes y, si estuviera conforme, procederá a publicarla en el Boletín Concursal. En caso contrario, la Superintendencia realizará las observaciones que correspondan, mediante Resolución Exenta dictada especialmente al efecto y notificará al solicitante vía correo electrónico, para que éste solucione los errores encontrados.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo
Marco Legal
Conocer másLey N° 20.720 de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas.