Solicitud de complemento de información al Registro Social de Hogares (RSH)

Última actualización:

Permite agregar información en ámbitos relacionados con la forma en que el Registro Social de Hogares valida la coherencia del tramo de calificación socioeconómica con la calidad de vida del hogar.

El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web del RSH y en el departamento de estratificación social de su municipalidad.

Personas mayores de edad integrantes del hogar del que se quiere solicitar el complemento de información en el Registro Social de Hogares (RSH).

La información posible de complementar es referida a:

  • Pago o recepción de pensión de alimentos, cese o variación de pensión de alimentos.
  • Pago o recepción de compensación económica de acuerdo a sentencia judicial de Tribunales de Familia.
  • Cotización de salud de alto valor por preexistencia y/o tratamiento de alto costo y por aporte monetario efectivo de la persona cotizante, a la(s) persona(s) carga(s) que son integrantes del hogar que forma parte del Registro Social de Hogares.
  • Educación: beca, arancel diferenciado y/o pago arancel educacional por parte de una tercera persona.
  • Propiedad compartida de bien raíz.

Para tramitar cualquier tipo de solicitud, debe presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud (firmado por el solicitante y por el titular del dato en caso de ser distinto al solicitante). Si realiza el trámite en línea, este formulario se despliega en el mismo sistema. Debe descargarlo, imprimirlo, completarlo y adjuntarlo en el mismo sitio web.
  • Copia de la cédula de identidad (vigente al momento de iniciar la solicitud) de quienes firman el formulario.

Junto con lo anterior, debes presentar uno de los antecedentes de acuerdo al tipo de solicitud que realizarás: 

1. Solicitud de complemento por pago o recepción de pensión de alimentos:

Pago de pensión de alimentos:

  • Sentencia judicial, en proceso ordinario o especial, que decreta el pago de una pensión alimenticia, que señale el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que lo acredite.
  • Acuerdo entre las partes, protocolizado ante notario y ratificado con carácter oficial por un tribunal competente, en que se establezca el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que acredite el pago de dicha pensión.
  • Acta ejecutiva con firma y timbre emitido por la oficina de mediación, junto a un documento que acredite el pago de dicha pensión.
  • Resolución que provee demanda judicial por pensión de alimentos presentada ante tribunal respectivo y que fija alimentos provisorios.
  • Resolución que fija alimentos provisorios en ejercicio de la potestad cautelar del Tribunal, en el marco de una demanda o denuncia por violencia intrafamiliar.

Recepción de pensión de alimentos:

  • Sentencia judicial, en proceso ordinario o especial, que decreta el pago de una pensión alimenticia, que señale el monto y periodicidad del pago, junto a un documento lo acredite.
  • Acuerdo entre las partes, protocolizado ante notario y ratificado con carácter oficial por un tribunal competente, en que se establezca el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que lo acredite.
  • Acta ejecutiva con firma y timbre emitido por la oficina de mediación, junto a un documento que acredite el pago de dicha pensión.
  • Liquidación de deuda emitido por el tribunal de familia.
  • Resolución que provee demanda judicial por pensión de alimentos presentada ante tribunal respectivo y que fija alimentos provisorios.
  • Resolución que fija alimentos provisorios en ejercicio de la potestad cautelar del Tribunal, en el marco de una demanda o denuncia por violencia intrafamiliar.

Para ambos tipos de trámite (pago y recepción de pensión de alimentos), el documento a presentar, debe contener la siguiente información:

  • Nombre y RUN del alimentante (quien entrega la pensión).
  • Nombre y RUN del alimentario y de su representante legal en los casos que corresponda.
  • Monto y periodicidad del pago de pensión.
  • Fecha desde la que se paga la pensión de alimentos.

Importante: Si el documento a presentar es una “Resolución que provee la demanda judicial por pensión de alimentos”, el efecto en la calificación socioeconómica será de seis meses. Si el documento a presentar es una “Resolución que fija alimentos provisorios en el marco de una demanda o denuncia por violencia intrafamiliar”, el efecto en la calificación socioeconómica será de 12 meses. Pasado dichos plazos, deberá ser ingresado un nuevo requerimiento adjuntando el documento de la “sentencia judicial” que decreta el pago de una pensión alimenticia, que señale el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que lo acredite.

La emisión del documento que acredita el cumplimiento de la obligación de pago de la pensión de alimentos no debe superar los dos meses, a contar de la fecha de la solicitud.

2. Solicitud de complemento por pago o recepción de compensación económica:

Pago de compensación económica:

  • Sentencia judicial que decreta el divorcio o la nulidad de matrimonio, que señale el monto y periodicidad de pago, cuyo monto debe ser igual o superior a 12 cuotas mensuales y sucesivas, junto a un documento que acredite el cumplimiento de la obligación de pago.
  • Documento en que conste apertura de libreta de ahorro para compensación económica.

Recepción de compensación económica, debes presentar los siguientes documentos:

  • Sentencia judicial que decreta el divorcio o la nulidad de matrimonio, que señale el monto y periodicidad de pago, cuyo monto debe ser igual o superior a 12 cuotas mensuales y sucesivas, junto a un documento que acredite el cumplimiento de la obligación de pago.
  • Documento en que conste apertura de libreta de ahorro para Compensación económica.

Para ambos tipos de trámite (pago y recepción de compensación económica), el documento a presentar, debe contener la siguiente información:

  • Nombre y RUN del alimentante (quien entrega la pensión).
  • Nombre y RUN del alimentario y de su representante legal en los casos que corresponda.
  • Monto y periodicidad del pago de pensión.
  • Fecha desde la que se paga la compensación económica.

3. Solicitud de complemento por cese o variación de pensión de alimentos (esta solicitud podrá realizarla solo quien haya realizado anteriormente un complemento por pago o recepción de alimentos): 

  • Resolución judicial, que decreta provisoriamente, el aumento, rebaja o cese de la pensión de alimentos.
  • Sentencia judicial que decreta el cese, variación sea por aumento o rebaja de la pensión alimenticia.
  • Acuerdo entre las partes, protocolizado ante notario y ratificado con carácter oficial por un tribunal competente, junto a un documento que acredite el pago de dicha pensión.
  • Resolución del tribunal competente que aprueba el acta ejecutiva de mediación con firma y timbre.
  • Liquidación de deuda emitido por el tribunal de familia.

El documento a presentar debe contener la siguiente información:

  • Nombre y RUN del alimentante (quien entrega la pensión).
  • Nombre y RUN del alimentario y de su representante legal en los casos que corresponda.
  • Monto y periodicidad del pago de pensión.
  • Fecha desde la que se verifica el cese, rebaja o incumplimiento de la pensión de alimentos.

La emisión del documento que acredita el cumplimiento de la obligación de pago de la compensación económica no debe superar los dos meses, a contar de la fecha de solicitud.

4.   Solicitud de complemento de cotización de salud:

Cotización de salud de alto valor por preexistencia y/o tratamiento de alto costo:

  • Declaración jurada simple N° 3, que indique la preexistencia y/o enfermedad que implica alto costo, y certificado médico que acredite la condición anterior (ambos). Si la carga de la cotización de salud que tiene la preexistencia o tratamiento de alto costo no es parte del hogar que realiza la solicitud, se deberá presentar adicionalmente un documento que acredite que dicha persona también es carga de la persona cotizante.

Aporte monetario efectivo del cotizante al hogar de la(s) carga(s) de cotización de salud:

Debe presentar uno de los siguientes documentos:

  • Sentencia judicial, en proceso ordinario o especial, que decreta el pago de una pensión de alimenticia, que señale el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que acredite el cumplimiento de la obligación de pago presentada ante tribunal respectivo, junto a un documento que acredite el cumplimiento de la obligación de pago de dicha pensión.
  • Acuerdo entre las partes, protocolizado ante notario y ratificado con carácter oficial por un tribunal competente, en que se establezca el monto y periodicidad del pago, junto a documento que acredite el cumplimiento de la obligación de pago de dicha pensión.
  • Acta ejecutiva con firma y timbre emitida por la oficina de mediación junto a un documento que acredite el pago de dicha pensión.
  • Liquidación de deuda emitido por el Tribunal de Familia.
  • Resolución que provee demanda judicial por pensión de alimentos presentada ante tribunal respectivo y que fija alimentos provisorios.
  • Resolución que fija alimentos provisorios en ejercicio de la potestad cautelar del Tribunal, en el marco de una demanda o denuncia por violencia intrafamiliar.

Importante: si el documento corresponde a una “Resolución que provee Demanda Judicial por pensión de alimentos”, el efecto en la calificación socioeconómica de esta solicitud tendrá una vigencia máxima de seis meses, si el documento es una “Resolución que fija alimentos provisorios en el marco de una demanda o denuncia por violencia intrafamiliar”, el efecto en la calificación socioeconómica de esta solicitud tendrá una vigencia máxima de 12 meses.

Pasado dichos plazos, deberás ingresar una nueva solicitud, adjuntando el documento de la “sentencia judicial” que decreta el pago de una pensión alimenticia, que señale el monto y periodicidad del pago, junto a un documento que lo acredite. La emisión del documento que acredita el cumplimiento de la obligación de pago de la pensión de alimentos no debe superar los dos meses, a contar de la fecha de solicitud.

4. Solicitud de complemento por pago de arancel de establecimiento educacional:

Beca total o parcial, ya sea del establecimiento educacional o por parte de otra institución:

  • Carta del establecimiento señalando que el alumno está becado y/o tiene arancel diferenciado, con una antigüedad máxima de 30 días. La carta debe identificar el monto que efectivamente paga el hogar (después de los descuentos).

Pago de la mensualidad del establecimiento por una tercera persona no integrante del hogar y que no corresponde a la madre o el padre y/o tutor legal.

  • Declaración jurada simple N° 4 de quien paga el arancel, indicando el monto que efectivamente paga el declarante y el monto pagado por el hogar, descontando el aporte del declarante.

Beca total o parcial y/o arancel diferenciado, ya sea del establecimiento educacional o por parte de otra institución, junto a pago de la mensualidad del establecimiento por un tercero o tercera no integrante del hogar y que no corresponde a la madre o al padre y/o tutor legal.

  • Carta del establecimiento señalando que el alumno está becado y/o tiene arancel diferenciado, con una antigüedad máxima de 30 días. La carta debe identificar el monto mensual que efectivamente paga el hogar (después de los descuentos).
  • Declaración jurada simple N° 4 de quien paga el arancel, indicando el monto que efectivamente paga la persona declarante y el monto pagado por el hogar, descontando el aporte del declarante.

Importante: la emisión del documento no debe ser superior a 30 días corridos a contar de la fecha de la solicitud. Una vez aprobada la solicitud, se mantendrá vigente hasta el inicio de un nuevo año académico. Si la situación del o la estudiante se mantiene, deberá actualizar o revalidar la información. En caso contrario, la inconsistencia detectada de “establecimiento educacional de alto valor” se volverá a reflejar en su cartola.

5. Solicitud de complemento por propiedad compartida de bien raíz.

  • Certificado de dominio vigente emitido por Conservador de Bienes Raíces (CBR) y escritura pública de compraventa del bien raíz (ambos) y/o copia de inscripción de propiedad con dominio vigente.

Sólo para el caso de comunidades indígenas: los documentos descritos, además del Certificado de Goce emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).

Importante: la fecha de emisión del documento de respaldo deberá tener una antigüedad máxima de 12 meses. El documento debe señalar el porcentaje de la propiedad que tiene el o los integrantes del hogar.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los documentos requeridos.
  2. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  3. Una vez en el sitio web del Registro Social de Hogares (RSH), seleccione el medio de ingreso:
    • ClaveÚnica: escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no la tiene, solicítela.
    • Clave RUN: escriba su RUN, ingrese su fecha de nacimiento y el número de serio o de documento de su cédula de identidad vigente. Haga clic en "acceder".
  4. Haga clic en "mis solicitudes" y posteriormente en "ingresar solicitudes".
  5. Seleccione "complemento de información al registro", y haga clic en "continuar".
  6. Seleccione el o la integrante titular del dato, y haga clic en "continuar".
  7. Elija el tipo de complemento, ingrese los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "continuar". Si no adjunta los antecedentes a través del sitio web, deberá dirigirse a su municipalidad y presentar la documentación requerida antes de 30 días después de realizada la solicitud, de no hacerlo, su requerimiento no será tramitado. 
  8. Como resultado del trámite, habrá solicitado el complemento de información al Registro Social de Hogares. El sistema le entregará un número de solicitud con el que podrá hacer seguimiento al trámite.

Importante:

  • Recuerde que si no adjunta la documentación requerida deberá acudir a su municipio a presentarla antes de 30 días corridos desde generada la solicitud, de lo contrario, su solicitud se entenderá por desistida.
  • Si necesita orientación, puede llamar gratis al número 800 104 777. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los documentos requeridos.
  2. Diríjase al departamento social de su municipalidad.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el complemento de información al Registro Social de Hogares.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el complemento de información al Registro Social de Hogares.

Importante:

  • Si necesita orientación, puede llamar gratis al número 800 104 777. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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