Pago de los excedentes de la cuota mortuoria de Dipreca

Última actualización:

Permite solicitar los excedentes de la cuota mortuoria, es decir, el dinero que queda como saldo tras descontar los gastos funerarios del monto que le corresponde recibir a los descendientes de un/a trabajador/a activo o pensionado/a de retiro que falleció.

El trámite se puede realizar durante todo el año en la Plataforma de Atención al Beneficiario y oficinas regionales de Dipreca.

Está dirigido a los siguientes beneficiarios, en el siguiente orden de prioridad:

  1. La cónyuge.
  2. Hijos e hijas.
  3. Los demás descendientes.

Cónyuge:

Hijos:

  • Certificado de defunción del padre y la madre.
  • Certificado de nacimiento de cada uno de los hijos/as con los nombre de los padres.
  • Poder notarial, a través del cual todos los hermanos/as autorizan a uno de ellos para que los represente en el cobro de dicho trámite en esta entidad previsional.
  • En caso de ser hijo/a único, declaración jurada notarial.
  • Formulario de solicitud de excedente de cuota mortuoria.

Otros familiares:

  • Certificado de nacimiento de cado uno de los herederos/as.
  • Certificado de defunción.
  • Poder notarial, a través del cual todos los herederos/as autorizan a uno de ellos para que los represente ante la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Formulario de solicitud excedente de cuota mortuoria.

Un año a partir de la fecha en que falleció el funcionario activo o el pensionado de retiro.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes.
  2. Diríjase a:
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el pago del excedente de la cuota mortuoria.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si cumple con los requisitos, obtendrá el pago del excedente de la cuota mortuoria.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
5361

Los usuarios también visitaron

Pensión de invalidez del sistema de pensiones (AFP)

Permite a beneficiarios y beneficiarias del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP),...

Reconocimiento de los dos últimos años de estudios universitarios de Dipreca

Permite solicitar el derecho de integrar las imposiciones previsionales al personal de la planta de...

Pago de la cuota mortuoria o gastos funerarios de un imponente de Dipreca que falleció

Permite solicitar el pago de los gastos funerarios del personal activo, o pensionados o pensionadas...