Pensión de las ex cajas de previsión para madres de hijos de filiación no matrimonial

Última actualización:

Permite a madres de hijos no nacidos en el matrimonio (con un pensionado o imponente fallecido de las ex cajas de previsión) acceder a un beneficio económico mensual.

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas ChileAtiende.
Debido a la contigencia generada por el Coronavirus, este trámite se puede realizar de forma remota en las redes sociales y el formulario web de ChileAtiende.
  • Madres de hijos nacidos fuera del matrimonio que se encuentren solteras o viudas al momento de que el imponente o pensionado fallezca y hayan vivido a expensas de él.

Importante:

  • Es necesario que el imponente o pensionado fallecido haya reconocido a sus hijos al menos tres años antes de fallecer.
  • El número de imposiciones que debe registrar el trabajador o pensionado depende de la caja de previsión social a la que estaba afiliado.
  • Cédula de identidad.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado o una apoderada.
  • Informe social (emitido por un asistente social en una oficina ChileAtiende).
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "solicitar pensión".
  2. Contacte a ChileAtiende a través de su formulario web. También puede acceder a alguna de sus redes sociales (en Facebook, Instagram y Twitter).
  3. Señale el motivo de su contacto: solicitar una pensión de madre de hijos de filiación no matrimonial de imponentes y pensionados de las ex cajas.
  4. Responda las preguntas y adjunte los documentos que puedan solicitarle.
  5. Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio.

Importante: esta modalidad estará disponible hasta el 31 de octubre de 2020 o hasta que se considere pertinente debido a la contingencia producida por el Coronavirus.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina ChileAtiende.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de madre de hijos de filiación no matrimonial de imponentes y pensionados de las ex cajas de previsión.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión; si no se requiere más información, ésta podrá hacerse efectiva en un plazo de 20 días hábiles.

Importante: consulte el estado del trámite llamando al 101 en estos horarios.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email

 

 

 

- Instrucciones trámite en el Consulado

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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