Subsidio habitacional para familias de sectores medios. Título I, tramo 2 (DS Nº 1)

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Al postular a este subsidio se opta a un apoyo económico para comprar de una vivienda nueva o usada, o para construir una en un sitio propio o en un terreno que ya cuente con otra vivienda, en sectores urbanos y rurales.

El subsidio permite adquirir una vivienda de hasta 1.400 Unidades de Fomento (UF) para las regiones de Coquimbo a Los Lagos. En la provincia de Chiloé, el monto máximo es de 1.600 UF.

Ahorro mínimo: 40 Unidades de Fomento (UF) para comprar una vivienda y 30 UF para construir, disponibles en la cuenta de ahorro para la vivienda, disponibles al 30 de abril de 2020.
Primer llamado finalizó: el 4 de junio de 2020

El beneficio está dirigido a personas que tengan capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios. Pueden postular chilenos y chilenas y también extranjeras y extranjeros, mayores de 18 años, que:

  • Para la compra de vivienda, cuenten con un ahorro mínimo de 40 Unidades de Fomento (UF), en una cuenta de ahorro para la vivienda, a nombre del postulante o de su cónyuge.
  • Pertenezcan al 80% más vulnerable según en el Registro Social de Hogares.
  • Sean sujetos de crédito hipotecario o cuenten con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y corresponder a un ahorro mínimo de 200 UF.
  • En caso de construcción en sitio propio no es necesario ser sujeto de crédito, sino que sólo contar con el ahorro mínimo.
  • El ingreso máximo mensual neto del núcleo familiar declarado no supere las 40 UF. Para familias de la zona norte, región de Magallanes, provincia de Palena, Chiloé y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández el ingreso máximo mensual declarado no debe superar las 50 UF.
  • No se encuentren en algunas de las siguientes situaciones (esto aplica para el postulante, cónyuge, conviviente u otro integrante del grupo familiar): 
    • Ser propietarios, propietarias o asignatarios de una vivienda, infraestructura sanitaria o de un sitio con destino habitacional, aún cuando haya sido adquirida sin subsidio; en este último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio. Sin embargo, quienes sean propietarios de más de un sitio, están impedidos de postular, a menos que los terrenos en cuestión no sean aptos para construir una vivienda (lo que deberá ser acreditado ante SERVIU.).
    • Ser beneficiarios o beneficiarias de un subsidio habitacional o poseer un certificado de subsidio habitacional vigente.
    • Estar postulando a cualquier otro programa habitacional.
    • Haber sido declarados como integrantes del grupo familiar de postulantes del mismo o de futuros llamados, en caso de que el postulante resulte beneficiado.

Importante:

  • Para la postulación en línea se debe contar con ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Los adultos mayores que postulen al Título I, tramo 2, podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Obtenga más información.

Se pueden adquirir viviendas para uso habitacional del beneficiario y su familia, con un subsidio máximo de:

  • Entre 550 y 175 Unidades de Fomento (UF), para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama.
  • Entre 570 y 225 UF, para viviendas de hasta 1.600 UF, para la provincia de Chiloé.
  • Entre 500 y 200 UF para viviendas de hasta 1.400 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo hasta Los Lagos.
  • Entre 570 y 225 UF para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández. 

Se pueden construir viviendas para uso habitacional del beneficiario y su familia, con un subsidio máximo de:

  • Entre 600 y 470 Unidades de Fomento (UF)para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama y la provincia de Chiloé.
  • Entre 520 y 470 UF, para viviendas de hasta 1.400 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo hasta Los Lagos.
  • Entre 700 y 470 UF, para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández.
  • Cédula de identidad vigente para postulantes chilenos y extranjeros (original y fotocopia por ambos lados). Se aceptarán cédulas de identidad vencidas bajo las siguientes condiciones:
    • Personas chilenas: se extiende por un año la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad que vencen durante el 2020.
    • Personas extranjeras: se extiende la vigencia de las cédulas de identidad vencidas durante el 2019 hasta el 31 de diciembre del 2020; y aquellas que expiren durante el 2020, se extiende por el plazo de un año a contar de su fecha de vencimiento. Esto rige solo para quienes se encuentren en trámite de prórroga de residencia o en proceso de obtención de visa de permanencia definitiva.
  • Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados de cada miembro mayor de 18 años del grupo familiar.
  • Declaración de Núcleo Familiar (formulario D-1), firmada por los integrantes del grupo familiar mayores de 18 años (a excepción del cónyuge del postulante).
  • Declaración jurada de postulación firmada (formulario D-2).
  • En caso de extranjeros certificado de permanencia definitiva.
  • Libreta de ahorro con un mínimo de 12 meses de antigüedad desde su apertura (original y fotocopia) o certificación  en que conste el número y tipo de cuenta en caso de entidad financiera con consulta en línea, como: BancoEstado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes.
  • Certificado de mantención de cuenta, para acreditar ahorro en caso de una entidad financiera sin consulta en línea; es decir, aquellas no mencionadas en el punto anterior.
  • Mandato de ahorro simple (formulario D-3) suscrito por el titular de la cuenta, en caso de que el ahorro esté en una entidad financiera que cuenten con consulta en línea.
  • Certificado de matrimonio con la correspondiente subinscripción, en caso de que el postulante esté divorciado o haya anulado su matrimonio.
  • Copia autorizada de demanda con constancia de su notificación, si el postulante se encuentra separado de hecho y acredita haber iniciado el trámite de divorcio (se recomienda presentar certificado de matrimonio). En este caso, no podrá incorporar al cónyuge como integrante del núcleo familiar.
  • Certificado de defunción del cónyuge o libreta de matrimonio (original y fotocopia) en que conste el RUT y la inscripción del fallecimiento en caso de que el postulante sea viudo.
  • Credencial de discapacidad, otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), en caso de que el postulante o algún miembro de su grupo familiar deba acreditar tal condición.
  • El postulante o cónyuge que haya cumplido con el Servicio Militar en modalidad de conscripción ordinaria o en condición de acuartelado a partir del 2004, tiene que presentar el certificado emitido por la respectiva Unidad de Licenciamiento del Ejército, Armada o de la Fuerza Aérea de Chile, que acredite tal situación si desea obtener puntaje por este concepto.

Importante: descargue los formularios requeridos.

Documentos opcionales:

El certificado de subsidio habitacional tiene una vigencia de 21 meses desde su emisión.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "revise los resultados".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, escriba su nombre, apellido y RUT e ingrese el texto y haga clic en "ver carta".
  3. Como resultado del trámite, habrá revisado los resultados de postulación.

Si requiere más información, llame a Minvu Aló: 600 901 11 11 (desde teléfono fijo) o 2 2901 11 11 (desde celulares). Horario de atención: de lunes a jueves, de 8:30 a 16:00 horas. Viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Llamadas con cobro local.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Ingrese al sistema de reserva de hora (disponible desde el 1 de octubre y hasta el cierre del llamado) del sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y siga las indicaciones.
  2. Imprima o anote el día, la hora y oficina a la que deberá acudir.
  3. Reúna los documentos requeridos.
  4. Diríjase a la oficina del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU), o la oficina ChileAtiende donde reservó la hora para hacer la postulación.
  5. Explique el motivo de su visita: postular al subsidio habitacional para grupos emergentes (DS N°1. Título I, tramo 2).
  6. Entregue los antecedentes requeridos.
  7. Como resultado del trámite, habrá postulado al subsidio.

Si requiere más información llame a Minvu Aló600 901 11 11 (desde teléfono fijo) o 2 2901 11 11 (desde celulares). Horario de atención: de lunes a jueves, de 8:30 a 16:00 horas. Viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Llamadas con cobro local.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Haga clic en "Postular al subsidio".
  2. Una vez en el sitio de la institución, haga clic en "ClaveÚnica".
  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, podrá postular a través del formulario de atención ciudadana, adjuntando a la solicitud el formulario de postulación.
  4. Seleccione que acepta las condiciones, y haga clic en "aceptar" y posteriormente en "continuar".
  5. Complete los datos requeridos, y haga clic en "aceptar".
  6. Imprima el comprobante de postulación.
  7. Como resultado del trámite, habrá postulado al subsidio.

Importante:

  • Antes de postular, revise el manual de usuario.
  • Si requiere más información, llame a Minvu Aló600 901 11 11 (desde teléfono fijo) o 2 2901 11 11 (desde celulares). Horario de atención: de lunes a jueves, de 8:30 a 16:00 horas. Viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Llamadas con cobro local.
- Instrucciones trámite en el Consulado

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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