Permite solicitar a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) que evalúe, desde el punto de vista médico, el grado de invalidez de trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o empresas de administración delegada, derivado de un accidente del trabajo y enfermedad profesional.
La evaluación médica del porcentaje de incapacidad es parte de los requisitos para acceder a la indemnización por accidente del trabajo o enfermedad profesional, y debe efectuarse posterior al alta médica o a las 52 semanas de reposo laboral continuo o discontinuo, pudiendo extenderse hasta las 104 semanas.
Obtenga más información sobre el proceso de evaluación de la invalidez.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTrabajadores afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o empresas de administración delegada, que presenten un grado de incapacidad igual o superior a 15% e inferior a 40%.
Importante:
- Para efectos de la valorización del porcentaje de invalidez, es necesario tener presente la edad, sexo y función que desarrolla el trabajador.
- Los afiliados a las mutuales de seguridad deben solicitar en estas instituciones la evaluación médica del porcentaje de incapacidad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEvaluación del porcentaje de incapacidad:
- Formulario de solicitud de evaluación de invalidez, el que debe ser completado por el médico tratante, con el propósito de informar: la historia clínica, los exámenes físicos, los tratamientos efectuados, los exámenes generales, y su conclusión respecto al grado de invalidez que considera que tiene su paciente.
- Cédula de identidad vigente (original y fotocopia).
- Documento que acredite la residencia del solicitante (declaración jurada simple o cuenta de servicios donde se indique el domicilio del interesado).
Recurso de reposición:
- Formulario para solicitar el recurso de reposición, disponible en las oficinas de la COMPIN.
- Antecedentes adicionales o complementarios a los señalados anteriormente, que justifiquen la solicitud.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o subcomisión que corresponda a su domicilio laboral (si es un trabajador activo) o domicilio particular (si es un trabajador pasivo).
- Explique el motivo de su visita: solicitar la evaluación médica del porcentaje de incapacidad o presentar un recurso de reposición para acceder a la indemnización asociada a un accidente del trabajo o enfermedad profesional.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá realizado su solicitud, cuya respuesta obtendrá en el plazo de 30 días hábiles.
Importante:
- En los casos que sea necesario, el médico contralor a cargo de la evaluación médica, puede solicitar exámenes, informes complementarios o interconsultas al Servicio de Salud.
- Si la persona presentó un recurso de reposición ante la COMPIN o subcomisión, con el propósito de apelar el porcentaje de incapacidad asignado y no está conforme; puede apelar en el siguiente orden ante:
- La Comisión Médica de Reclamos (COMERE), en un plazo de 90 días hábiles contados desde la fecha en que se notificó la resolución de la COMPIN.
- La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), en un plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha en que se notificó la resolución de la COMERE.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.