Permite a los y las imponentes del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida.
La pensión de vejez la otorga el ex Servicio del Seguro Social (SSS) y las siguientes ex cajas del antiguo Sistema de Reparto:
- Empleados Particulares (EMPART).
- Empleados Públicos y Periodistsector público y sector periodistas).
- Marina Mercante Nacional (sección tripulantes de naves y operarios).
- Bancaria de Pensiones.
- Empleados del Banco del Estado de Chile.
- Empleados Municipales de la República.
- Obreros Municipales de la República.
- Empleados Municipales de Santiago.
- Empleados Municipales de Valparaíso.
- Hípica Nacional.
- Ferrocarriles del Estado.
- Empleados y Obreros de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitaridepartamento de obreros y departamento de empleados).
¿A quién va dirigido?
Conocer másImponentes de una ex caja del antiguo Sistema de Reparto que tengan 60 años cumplidos, si son mujeres; y 65 años, si son hombres.
Importante: obtenga más información sobre los requisitos específicos que deben cumplir los beneficiarios y beneficiarias en el campo Descripción.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado o una apoderada.
Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos requeridos en el campo Descripción, y haga clic en cada ex caja.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másVitalicia.
Al fallecer, el o la causante genera pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios y beneficiarias que reúnan los requisitos.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másPara trámite online:
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Escriba su RUN, y haga clic en "ingresar".
- Seleccione "pensión de vejez", y luego en "ClaveÚnica".
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
- Complete los antecedentes requeridos. El sistema generará un número de solicitud, que podrá usar en la misma plataforma para comprobar el estado de su solicitud.
Importante. Si desea conocer el estado del trámite:
- Llame al 101, en estos horarios.
- Ingrese a IPS en Línea, escriba su RUN y haga clic en "consulta de solicitudes".
Para trámite remoto:
- Contacte a ChileAtiende a través de su formulario web. También puede acceder a alguna de sus redes sociales (en Facebook, Instagram y Twitter).
- Señale el motivo de su contacto: solicitar una pensión de vejez del ex Servicio de Seguro Social (SSS) o una ex caja.
- Responda las preguntas y adjunte los documentos que puedan solicitarle.
- Tras este proceso, habrá solicitado el beneficio.
Importante: esta modalidad estará disponible hasta el 31 de octubre de 2020 o hasta que se considere pertinente debido a la contingencia producida por el Coronavirus.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de vejez del ex Servicio de Seguro Social (SSS) o una ex caja del antiguo del Sistema de Reparto.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Importante: consulte el estado del trámite llamando al 101 en estos horarios.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 10.383.
- Ley Nº 10.475.
- Ley Nº 10.621.
- Ley Nº 6.037.
- Ley Nº 11.219.
- Ley Nº 8.569.
- Ley Nº 15.525.
- Ley Nº 15.579.
- Ley Nº 17.339.
- Ley Nº 16.494.
- Ley Nº 3.997.
- Artículo 23 de la Ley Nº 10.662.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 1.340 bis, de 1930.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2.252, de 1957.
- Artículo 10 del Decreto Ley (DL) Nº 2.448.
- Decreto Nº 68, de 1965.
- Decreto Supremo (DS) Nº 770, de 1948.
- Decreto Nº 513, de 1948.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 91, de 1979.
- Decreto Supremo (DS) Nº 2.259, de 1932.
- Decreto Supremo (DS) Nº 1670, de 1946.
- Decreto Supremo (DS) Nº 566, de 1964.
- Ley Nº 636.