Permite que entidades sin fines de lucro, soliciten autorización para la exhibición de producciones sin calificar en un festival o muestra de cine.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades sin fines de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- El destinatario del beneficio de exención debe acreditar mediante documentos su calidad de institución sin fines de lucro.
- El material cinematográfico no debe estar calificado.
Detalles
Conocer másEste procedimiento es una atribución privativa del Consejo de Calificación Cinematográfica.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta de solicitud de auspicio dirigida al presidente del Consejo de Calificación Cinematográfica, la Subsecretaria de Educación o al Secretario Abogado del Consejo.
- Certificado de vigencia de personalidad jurídica.
- Formulario de solicitud de exención por cada película.
- Descripción breve de la obra.
- Programación (fecha y hora de exhibición).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Consejo de Calificación Cinematográfica, ubicada en calle Fray Camilo Henríquez 262, 8º piso, Santiago. Horario de atención: de lunes a jueves de 09:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:30 horas; viernes de 09:00 a 13:30 y de 15:00 a 16:30 hrs.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la exención de calificación.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. En un plazo de 20 días hábiles recibirá respuesta a su solicitud a través de una resolución exenta que indicará la autorización o rechazo, según corresponda.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 19.846 sobre calificación de la producción cinematográfica.
- Ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.