Permite solicitar a los tribunales con competencia civil, conceder la posesión efectiva de la herencia de personas fallecidas que han dejado testamento. Esta sentencia, debidamente inscrita, faculta a los beneficiarios y beneficiarias a disponer de los bienes que han heredado.
Cuando no existe un testamento, este procedimiento se realiza en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
¿A quién va dirigido?
Conocer másHerederos y herederas de una persona fallecida que dejó testamento y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Presentar un testamento escrito. Excepcionalmente, en riesgo de muerte, puede ser verbal ante tres o más testigos, debiendo escriturarse posteriormente según las formalidades que establece la ley.
- Patrocinio de un abogado o abogada.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Testamento escrito. Puede ser ante notario público o juez, o ante cinco testigos que acrediten que quien testa está en su sano juicio (en este caso requiere un trámite previo ante un juez).
- Certificado de defunción de la persona que dejó el testamento (testador o testadora).
- Certificado de nacimiento de los herederos y herederas.
- Dependiendo de los bienes que tenía la persona fallecida, el abogado indicará a las personas los documentos adicionales que debe presentar.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másRecuerde que este trámite debe ser realizado por un abogado o abogada.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "ingreso de demandas y escritos", luego elija la opción "ingresar demanda/recurso".
- Seleccione "clave única". Escriba su RUN y clave, y haga clic en "autenticar". Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
- Elija la opción "ingresar demanda/recurso".
- Complete los datos obligatorios para ingresar una demanda civil, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en "grabar".
- Haga clic en "bandeja de demandas". Busque la demanda según la competencia, seleccione y envíe la presentación.
- Como resultado del trámite, habrá ingresado una demanda en materia civil.
Importante:
- Para asesoría en uso de la Oficina Judicial Virtual, puede comunicarse a los números +56 2 2497 7043, +56 2 2497 7041, +56 2 2497 7042, +56 2 2497 7044 y +56 2 2497 7046. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:00 a 17:00 horas. También puede informarse en el sitio web de Tramitación Electrónica.
- Los detalles del ingreso de una demanda puede obtenerlos desde los manuales de la Oficina Judicial Virtual.
Marco Legal
Conocer másLey Nº 19.903, sobre procedimiento para el otorgamiento de la posesión efectiva de la herencia y adecuaciones de la normativa procesal, civil y tributaria sobre la materia.