Permite a nuevas personas exportadoras recuperar anticipadamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por los gastos realizados en el proyecto de inversión que producirá bienes exportables.
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo evaluará la solicitud y en caso de autorizarla, dictará una resolución para que el exportador pida la devolución ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que realicen un proyecto de inversión.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes generales:
- Formulario de solicitud y antecedentes del proyecto.
- Formulario declaración jurada.
- Giro del proyecto.
- Productos que desean exportar.
- Exportaciones estimadas.
- Ubicación del proyecto.
- Antecedentes financieros: gastos de inversión (indicando los que están sujetos a cobro de IVA y los que no), además del flujo de ingresos y egresos.
- Cualquier otro antecedente que el interesado considere necesario para obtener una visión cabal del proyecto.
Personas naturales:
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
Personas jurídicas:
- Fotocopia del Rol Único Tributario de la sociedad.
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente del representante legal.
- Fotocopia de documentos que acrediten la personería de su representante legal.
- Copia de inscripción de la sociedad en el registro de comercio, con una antigüedad inferior a 30 días.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másReúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- La oficina de partes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 2, edificio Santiago Down Town, primer piso, local 7.
- Una oficina de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Economía, Fomento y Turismo.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la recuperación anticipada del IVA para nuevos exportadores.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la devolución, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de cinco días hábiles.
Importante: si el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba el requerimiento, emitirá una resolución para que pueda solicitar la devolución ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.