Permite la remoción de restos y/o especies náufragas que se encuentren hundidos o varados en ríos y lagos navegables o aguas sometidas a la jurisdicción marítima nacional.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras con residencia definitiva en el país.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta solicitud dirigida a DIRECTEMAR.
- Boleta de garantía a nombre del Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, que garantice la remoción autorizada. Generalmente, es el doble del presupuesto que presenta el interesado para la extraccion de los restos naufragos solicitados.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Capitanía de Puerto.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para extraer restos de naufragios.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitadio la resolución que autoriza la extracción solicitada. Obtendrá una respuesta en aproximandamente 45 días.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- Depederá de la oferta que propone el interesado por la extraccion de los restos naufragos, que se denomina oferta de regalía global. El interesado debe cancelar a favor del Fisco en las oficinas de la Tesorería General de la República.
Marco Legal
Conocer más- Ley de Navegación.
- Reglamento sobre Concesiones Marítimas.