Permiso especial de vuelo

Última actualización:

Permite solicitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) el permiso para efectuar un vuelo cuando la aeronave no cumple con la totalidad de los requisitos para considerarla aeronavegable, pero se encuentra en condiciones de efectuar un vuelo seguro.

El documento sólo sirve para efectuar un vuelo de traslado (ferry) o mantenimiento.

 

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y en las oficinas del subdepartamento de aeronavegabilidad o subdepartamento de transporte público de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Propietarios, propietarias, operadores u operadoras (explotadoras o explotadores) de aeronaves o Centros de Mantenimiento Aeronáutico (CMA), que cumplan con los requisitos establecidos en el procedimiento aeronáutico DAP 08 22.

Revise el listado de documentos requeridos disponible en el procecimiento aeronáutico DAP 08 22.

El permiso especial de vuelo tendrá validez sólo en el tramo o ruta especificada, o hasta la fecha u horas de vuelo establecidas en el certificado.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, ingrese su nombe de usuario y clave, y haga clic en "login". Si no tiene cuenta, haga clic en "registro en sistema". 
  3. Haga clic en el menú "solicitud certificados" y luego en "permiso especial de vuelo".
  4. Seleccione la matricula de la aeronave y complete los datos solicitados (motivo, propósito, composición de la tripulación, itinerario previsto, equipamiento, otra restricción, y organización técnica que certifica).
  5. Haga clic en el botón "enviar y pagar" al final del formulario.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado del permiso especial de vuelo, cuya respuesta dependerá de los antecedentes presentados.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Dirijase a:
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar un permiso especial de vuelo.
  4. Entregue los antecedentes requeridos y pague la tarifa.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado del permiso especial de vuelo, cuya respuesta dependerá de los antecedentes presentados.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

El costo del trámite está contenido en las tasas y derechos aeronáuticos (artículo Nº 43) de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), el que se reajusta trimestralmente.

La tarifa aeronáutica se puede pagar en:

  • Efectivo.
  • Cheque nominativo y cruzado a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitido por la persona natural o jurídica que realice el trámite.
  • Vale vista a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • Tarjeta de débito o crédito.

Importante: el monto del cheque o el vale vista debe ser exacto.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
4478