Certificado de aeronavegabilidad de exportación

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Permite a los Centros de Mantenimiento Aeronáutico (CMA) solicitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) el documento que certifica que el producto aeronáutico a exportar cumple con los estándares de aeronavegabilidad establecidos, satisface los requisitos especiales del país del importador y se encuentra en condiciones seguras para su operación.

Obtenga más información.

El certificado de aeronavegabilidad de exportación no autoriza la operación del producto.

 

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Centros de Mantenimiento Aeronáutico (CMA) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Hayan efectuado una inspección anual o equivalente durante los últimos 30 días.
  • Verifiquen la conformidad de toda reparación o alteración mayor, realizada durante la vida del producto, indicando la aplicación del Certificado de Tipo Suplementario (STC) si corresponde.
  • Presenten la solicitud de emisión del certificado de aeronavegabilidad de exportación según lo establecido en DAP 08 29.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "ir al trámite en línea".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione su perfil de acceso (RUN, DNI o DGAC), escriba su contraseña, y haga clic en "entrar". Si no tiene una cuenta, regístrese como persona natural o persona jurídica. 
  4. Haga clic en "ingresar solicitud de certificado de aeronavegabilidad de exportación" y luego en "pagar tasa".
  5. Seleccione la forma de pago. El sistema lo redireccionará al sitio web de la Tesorería.
  6. Haga clic sobre "validar factura pagada" ingrese el número de factura y haga clic en "guardar".
  7. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado de aeronavegabilidad de exportación.

Importante: la documentación y el producto a exportar deberá ser sometido previamente a una inspección física y operativa.

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a:
    • El subdepartamento de Transporte Público, ubicado en Omar Page 2075, Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Pudahuel. Horario de atención: lunes a jueves, de 8:00 a 17:00 horas; viernes, de 8:00 a 16:00 horas.
    • El Subdepartamento de Aeronavegabilidad (SDA), sección ingeniería, ubicado en Miguel Claro 1314, Providencia. Horario de atención: lunes a jueves, de 8:30 a 12:30 horas y de 13:30 a 17:30; viernes, de 8:30 a 12:30 horas y de 13:30 a 16:30 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar un certificado de aeronavegabilidad de exportación.
  4. Entregue los antecedentes requeridos, y pague la tarifa.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado.

Importante: la documentación y el producto a exportar deberán ser sometidos previamente a una inspección física y operativa.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

El costo del trámite está contenido en las tasas y derechos aeronáuticos (artículo N° 40) de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), el que se reajusta trimestralmente.

La tarifa aeronáutica se puede pagar en:

  • Efectivo.
  • Cheque nominativo y cruzado a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitido por la persona natural o jurídica que realice el trámite.
  • Vale vista a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • Tarjeta de débito o crédito.

Importante: el monto del cheque o el vale vista debe ser exacto.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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