Permite a jefes y jefas superiores o la jefatura máxima de los órganos, servicios públicos, municipalidades y universidades estatales, enviar las postulaciones al bono laboral realizadas por los funcionarios y funcionarias de su dependencia a la Tesorería para su análisis y tramitación.
Las entidades deben dictar el acto administrativo que les concede el beneficio, adjuntando los documentos que acrediten que la persona cumple los requisitos para tener derecho, y luego los deben enviar a la oficina de la Tesorería más cercana a su jurisdicción.
Una vez recibidos los antecedentes y verificado el cumplimiento de los requisitos, la Tesorería ordena el pago que se suma a la pensión y que se concreta a través de la AFP o compañía de seguros en la que la persona beneficiaria se encuentra afiliada.
¿A quién va dirigido?
Conocer másJefes y jefas superiores de los servicios públicos, rectores y rectoras de las universidades estatales, y alcaldes y alcaldesas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de la ley Bono Laboral. Debe contener los datos personales, laborales y previsionales de la persona beneficiaria, además de la fecha y su firma.
- Certificado de nacimiento o fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
- Certificado que informa la tasa de reemplazo líquida, emitido por la Superintendencia de Pensiones (SP).
- Certificado de afiliación a la AFP o compañía de seguros y liquidación de pago de la pensión actualizada.
- Certificado que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2º, Nº 1 sobre la calidad jurídica del funcionario y Nº 2 referido a la antigüedad en el servicio, de la ley Nº 20.305, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones.
- Fotocopia del acto administrativo que acredite el cese de funciones.
- Acto administrativo que concede el bono laboral.
Quienes postulen a la ley Nº 20.305 al amparo de una ley de incentivo al retiro, además deben presentar los siguientes documentos, según corresponda:
- Fecha de postulación a un cupo de ley de incentivo al retiro correspondiente.
- Carta de comunicación de la renuncia voluntaria.
- Copia de la resolución que contiene la nómina de beneficiarios de los cupos del proceso correspondiente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República (TGR) correspondiente a la jurisdicción del servicio público.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el beneficio asociado a la ley Bono Laboral.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado los beneficios de la ley Bono Laboral, el que se pagará a contar del primer día del mes subsiguiente al que se dictó el acto administrativo de concesión del beneficio.
Importante: si requiere más información, llame al +56 2 2768 98 00.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.