Permite inscribir en el Registro Nacional de Discapacidad a un curador judicial de los bienes de una persona con discapacidad psiquiátrica, o de origen intelectual.
El curador judicial es designado por la justicia para administrar el patrimonio de una persona con discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual, siempre que la persona no esté sometida a patria potestad. También es posible solicitar la inscripción de una persona como curador provisorio.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersona nombrada como curador judicial de alguien con discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual que esté inscrita en el Registro Nacional de Discapacidad.
También es posible solicitar la inscripción de una persona como curador provisorio.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másCurador judicial:
- Resolución judicial de nombramiento de curador o copia autorizada de la misma.
Curador provisorio:
- Certificados médicos emitidos por el centro de salud o por el médico tratante de la persona cuya curaduría se está requiriendo, en el que se informe o se aporten antecedentes que permitan establecer que el solicitante está a cargo de la persona en situación de discapacidad psiquiátrica o de origen intelectual.
- Declaraciones juradas, otorgadas ante un notario público, en la que el solicitante declare que está a cargo de la persona, cuya curaduría se está solicitando.
- Declaraciones juradas de terceros, (ejemplo familiares) otorgadas ante un notario público, en la que estos declaren, que el solicitante de la curaduría, está a cargo de la persona, cuya curaduría se está solicitando.
- Certificado de residencia de la persona que está solicitando la curaduría provisoria.
- Cualquier otro documento o antecedente que permita determinar que se tiene a su cargo a la persona cuya curaduría se está solicitando.
- Declaración jurada simple de los solicitantes en los siguientes términos: "Para los efectos del N° 3 del artículo 18 bis de la Ley N° 18.600, declaro bajo juramento no encontrarme afecto a ninguna de las incapacidades para ejercer una curaduría, señaladas en el párrafo 1° del Título XXX del Código Civil."
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa inscripción estará vigente de acuerdo con lo indicado en la resolución judicial de nombramiento de curador.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) más cercana.
- Explique el motivo de su visita: inscribir a un curador judicial o solicitar la inscripción de un curador provisorio en el Registro Nacional de la Discapacidad.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción como curador judicial o provisorio, según corresponda.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley N° 18.600, que establece normas sobre deficientes mentales.
- Dictamen N° 27.016, de 2012, de la Contraloría General de la República, de acuerdo al cual corresponde al SRCeI certificar si los requisitos que exige el artículo 18 bis de la Ley N°18.600 que "establece normas sobre deficientes mentales".