Solicitud de concesión ferroviaria de particulares

Última actualización:

Permite solicitar una concesión para construir y operar un ferrocarril, normado por la Ley General de Ferrocarriles.

La actividad ferroviaria es una función del Estado que éste delega o encomienda a los que denomina “particulares” (personas naturales o jurídicas) mediante decretos de concesión dictados por el Presidente de la República, a través de los cuales los faculta o autoriza para construir y explotar ferrocarriles, con los derechos y obligaciones que la ley establece, y los que determine el decreto de concesión, manteniendo el Estado facultades de supervisión, control y supervigilancia, fundamentalmente orientadas al correcto funcionamiento y la seguridad del transporte ferroviario.

El trámite se puede realizar durante todo el año a través de la oficina de partes y por correo electrónico de la Subsecretaría de Transportes.

Personas naturales o jurídicas.

  • Oficio dirigido al Departamento de Transporte Terrestre (DTT) de la Subsecretaría de Transportes.

De acuerdo con lo que establece la normativa vigente, se requiere acompañar la solicitud de concesión con los siguientes documentos:

  • Plano general del trazado y especificaciones del tipo de proyecto.
  • Memoria justificada de la solicitud de concesión.
  • Boleta de garantía.
  • Informe técnico con la siguiente información:
    • Descripción general del proyecto.
    • Descripción del servicio de tráfico de las nuevas vías.
    • Características del material rodante.
    • Características de la vía.
  • Presupuesto de la construcción.
  • Minuta del deslinde.
  • Otros antecedentes solicitados por el DTT que se considere pertinentes y que ayuden a la comprensión de la solicitud.

En caso de renovación las bases deben ser solicitadas al DTT.

La que disponga en el decreto que otorga la concesión.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de partes de la Subsecretaría de Transportes ubicada en Amunategui 139, Santiago centro. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: presentar una solicitud de concesión ferroviaria a particulares.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud.

Importante:

  • Proceso de tramitación: la concesión del permiso de establecimiento de una vía férrea se inicia mediante la presentación de una solicitud de concesión dirigida al Presidente de la República, y que deberá presentarse por conducto del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Para consultas, escriba un correo electrónico a Hans Voigt (hvoigt@mtt.gob.cl) del Departamento de Transporte Terrestre (ferroviario) de la Subsecretaría de Transportes.
  • No existe un plazo máximo normado para dar respuesta al requerimiento, aunque se requiere al menos seis meses desde el envío de todos los antecedentes y conformidad de todas las partes. Esto con toma de razón de la Contraloría General de la República.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos en un correo electrónico a correosubtransoficinadepartes@mtt.gob.cl con el asunto: Presenta solicitud de levante de vía férrea.
  3. Como resultado del trámite, habrá enviado la solicitud.

Importante:

  • Para consultas, escriba un correo electrónico al profesional del Departamento de Transporte Terrestre (Ex–Ferroviario) de la Subsecretaría de Transportes, Hans Voigt Alarcón a hvoigt@mtt.gob.cl.
  • No existe un plazo máximo normado para dar respuesta al requerimiento, aunque se requiere de al menos seis meses desde el envío de todos los antecedentes y la conformidad de todas las partes. Esto con toma de razón de la Contraloría General de la República.
- Instrucciones trámite en el Consulado

Sin costo por el trámite. Si el trámite es aprobado, se deberá pagar la publicación del decreto en el Diario Oficial.

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