Permite a personas naturales y jurídicas solicitar el pago de un galardón, equivalente al 30% del valor líquido de los bienes denunciados al fisco que son parte de la herencia de una persona que falleció y no tenía herederos.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que hayan entregado los antecedentes de un bien o derecho dejado por alguna persona fallecida sin herederos, y que cuenten con la calidad de beneficiarios otorgada por el Ministerio de Bienes Nacionales.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de depósito o garantía, emitido por la respectiva Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Bienes Nacionales, salvo que este requisito sea declarado exento de acreditación del pago de la garantía.
- Copia de la resolución exenta emitida por el Ministerio de Bienes Nacionales.
Personas naturales:
- Cédula de identidad vigente del interesado.
Si el interesado no puede realizar el trámite, podrá autorizar a un tercero, el cual deberá presentar los siguientes antecedentes:
- Cédula de identidad vigente del mandatario (adjuntando fotocopia).
- Copia de la cédula de identidad vigente del interesado.
- Poder notarial o simple (cuyo plazo máximo de vigencia son cinco días) que especifique que el mandatario se encuentra autorizado por el interesado para efectuar el trámite.
Personas jurídicas:
Si el trámite lo realiza el representante legal:
- E-RUT de la persona jurídica.
- Cédula de identidad vigente del representante legal (si se encuentra actualizado en la base de datos de TGR) o de los socios (según corresponda) junto a la fotocopia simple del documento.
- Copia autorizada de constitución de sociedad, cuya antigüedad no supere el año (incluyendo sus modificaciones).
- Certificado de vigencia de la sociedad en el registro de comercio.
- Certificado de vigencia del poder en el registro de comercio.
Si el trámite lo realiza una persona distinta al representante legal:
- E-RUT de la persona jurídica.
- Cédula de identidad vigente del mandatario (original y fotocopia).
- Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal.
- Poder notarial, donde se indique que el mandatario se encuentra autorizado por el representante legal (registrado en la base de datos de la TGR) para realizar el trámite.
- Copia autorizada de constitución de sociedad, cuya antigüedad no supere el año (incluyendo sus modificaciones).
- Certificado de vigencia de la sociedad en el registro de comercio.
- Certificado de vigencia del poder en el registro de comercio.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de la Tesorería General de la República (TGR).
- Explique el motivo de su visita: solicitar el pago de un galardón producto de una herencia vacante.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago, el que se efectuará en un plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la solicitud.
Importante: si requiere más información, llame al +56 2 2768 98 00.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto ley Nº 1.939, de 1977.
- Resolución Nº 1.830, de 2009 del Ministerio de Bienes Nacionales.